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Diario Oficial· normas_generales

Acepta Renuncia de Doña Silvana de Lourdes Sáez Valladares y Nombra a Doña Patricia Violeta Colarte Troncoso Como Integrante del Consejo Superior de la Universidad

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de septiembre de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación Superior ACEPTA RENUNCIA DE DOÑA SILVANA DE LOURDES SÁEZ VALLADARES Y NOMBRA A DOÑA PATRICIA VIOLETA COLARTE TRONCOSO COMO INTEGRANTE DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PLAYA ANCHA DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN, EN REPRESENTACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Núm. 180.- Santiago, 30 de julio de 2026. Visto: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.956, que reestructuró el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; en la ley Nº 21.094, sobre Universidades Estatales; en el decreto con fuerza de ley Nº 14, de 2023, del Ministerio de Educación, que aprobó el estatuto de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, adecuado al Título II de la ley Nº 21.094 sobre Universidades Estatales; en el decreto supremo Nº 3, de 2025, del Ministerio de Educación, que nombró a doña Silvana de Lourdes Sáez Valladares como representante del Presidente de la República ante el Consejo Superior de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación; en la carta de 9 de julio de 2026 de doña Silvana de Lourdes Sáez Valladares en que presenta su renuncia al cargo de integrante del Consejo Superior de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, en representación del Presidente de la República; en el certificado de título de Profesora de Estado en Filosofía de doña Patricia Violeta Colarte Troncoso emitido por la Universidad de Chile; en el decreto supremo Nº 171, de 2010, del Ministerio de Educación, que nombró a doña Patricia Colarte Troncoso como Secretaria Regional Ministerial de Educación para la Región de Valparaíso; en el certificado Nº 104/2026, de 8 de julio de 2026, de la Directora (S) de Administración de Recursos Humanos de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación; en el memorándum interno Nº 06/693, de 9 de julio de 2026, de la División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior; y, en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1. Que, el artículo 1º de la ley Nº 18.956 dispone que el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo. 2. Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada por la ley Nº 21.091, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo 3º de la mencionada ley Nº 18.956. 3. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto con fuerza de ley Nº 14, de 2023, del Ministerio de Educación, que aprobó estatuto de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, adecuado al Título II de la ley Nº 21.094 sobre Universidades Estatales (en adelante, "el estatuto"), "El Consejo Superior es el máximo órgano colegiado de la Universidad de Playa Ancha, correspondiéndole la definición de la política general de desarrollo Sitio Web: www.diarioficial.cl y las decisiones estratégicas de la institución, velando por su cumplimiento, de conformidad a la misión, principios y funciones de la Universidad". 4. Que, la letra a) del artículo 14 del estatuto establece que el Consejo Superior estará integrado, entre otros, por tres representantes del Presidente de la República, "quienes serán titulados (as) o licenciados (as) de reconocida experiencia en actividades académicas o directivas". El mismo artículo 14 indica que estos integrantes representantes del Presidente de la República durarán cuatro años en su cargo y que la coordinación de la oportuna designación y renovación de las vacantes, y la supervisión del ejercicio de sus funciones estarán a cargo del Ministerio de Educación. Por su parte, el artículo 16 del estatuto precisa que los integrantes del Consejo Superior de nombramiento presidencial no deberán desempeñar cargos o funciones en la

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