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Acepta Renuncia de Doña Silvana de Lourdes Sáez Valladares y Nombra a Doña Patricia Violeta Colarte Troncoso Como Integrante del Consejo Superior de la Universidad
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de septiembre de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación Superior
ACEPTA RENUNCIA DE DOÑA SILVANA DE LOURDES SÁEZ VALLADARES Y
NOMBRA A DOÑA PATRICIA VIOLETA COLARTE TRONCOSO COMO
INTEGRANTE DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PLAYA
ANCHA DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN, EN REPRESENTACIÓN DEL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Núm. 180.- Santiago, 30 de julio de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el
decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia; en la ley Nº 18.956, que reestructuró el Ministerio de Educación Pública; en la ley
Nº 21.091, sobre Educación Superior; en la ley Nº 21.094, sobre Universidades Estatales; en el
decreto con fuerza de ley Nº 14, de 2023, del Ministerio de Educación, que aprobó el estatuto de
la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, adecuado al Título II de la ley Nº
21.094 sobre Universidades Estatales; en el decreto supremo Nº 3, de 2025, del Ministerio de
Educación, que nombró a doña Silvana de Lourdes Sáez Valladares como representante del
Presidente de la República ante el Consejo Superior de la Universidad de Playa Ancha de
Ciencias de la Educación; en la carta de 9 de julio de 2026 de doña Silvana de Lourdes Sáez
Valladares en que presenta su renuncia al cargo de integrante del Consejo Superior de la
Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, en representación del Presidente de la
República; en el certificado de título de Profesora de Estado en Filosofía de doña Patricia Violeta
Colarte Troncoso emitido por la Universidad de Chile; en el decreto supremo Nº 171, de 2010,
del Ministerio de Educación, que nombró a doña Patricia Colarte Troncoso como Secretaria
Regional Ministerial de Educación para la Región de Valparaíso; en el certificado Nº 104/2026,
de 8 de julio de 2026, de la Directora (S) de Administración de Recursos Humanos de la
Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación; en el memorándum interno Nº 06/693,
de 9 de julio de 2026, de la División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de
Educación Superior; y, en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la
República.
Considerando:
1. Que, el artículo 1º de la ley Nº 18.956 dispone que el Ministerio de Educación es la
Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y
modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo.
2. Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada por la ley Nº 21.091, forma parte de
la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo
3º de la mencionada ley Nº 18.956.
3. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto con fuerza de ley Nº
14, de 2023, del Ministerio de Educación, que aprobó estatuto de la Universidad de Playa Ancha
de Ciencias de la Educación, adecuado al Título II de la ley Nº 21.094 sobre Universidades
Estatales (en adelante, "el estatuto"), "El Consejo Superior es el máximo órgano colegiado de la
Universidad de Playa Ancha, correspondiéndole la definición de la política general de desarrollo
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y las decisiones estratégicas de la institución, velando por su cumplimiento, de conformidad a la
misión, principios y funciones de la Universidad".
4. Que, la letra a) del artículo 14 del estatuto establece que el Consejo Superior estará
integrado, entre otros, por tres representantes del Presidente de la República, "quienes serán
titulados (as) o licenciados (as) de reconocida experiencia en actividades académicas o
directivas". El mismo artículo 14 indica que estos integrantes representantes del Presidente de la
República durarán cuatro años en su cargo y que la coordinación de la oportuna designación y
renovación de las vacantes, y la supervisión del ejercicio de sus funciones estarán a cargo del
Ministerio de Educación. Por su parte, el artículo 16 del estatuto precisa que los integrantes del
Consejo Superior de nombramiento presidencial no deberán desempeñar cargos o funciones en la
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