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Establece objeto, organización interna y funciones del centro de estudios de la administración del estado, y delega facultad para firmar por orden del contralor general los actos que indica núm. 2.040
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 14 de septiembre de 2026
Texto del documento
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
ESTABLECE OBJETO, ORGANIZACIÓN INTERNA Y FUNCIONES DEL CENTRO
DE ESTUDIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, Y DELEGA FACULTAD
PARA FIRMAR POR ORDEN DEL CONTRALOR GENERAL LOS ACTOS QUE
INDICA
Núm. 2.040 exenta.- Santiago, 4 de septiembre de 2026.
(Resolución)
Vistos:
Las facultades que me confiere la Constitución Política de la República; lo dispuesto en la
Ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General; en la Ley N°
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la
resolución exenta N° 2.799, de 2016, que organiza el Centro de Estudios de la Administración
del Estado; en la resolución exenta N° 1.900, de 2020, en virtud de la cual la Biblioteca
Institucional pasó a depender del Centro de Estudios de la Administración del Estado; en la
resolución exenta N° 2.525, de 2023, que reestructuró Gabinete y Secretaría General, y lo
establecido en la resolución N° 36, de 2024, que fija normas sobre exención del trámite de toma
de razón, todas de este origen.
Considerando:
1. Que, por resolución exenta N° 2.799, de 2016, se organizó el Centro de Estudios de la
Administración del Estado, cuyo objeto es fortalecer la buena Administración del Estado, a
través de la formación transversal de funcionarios y servidores públicos, de estudiantes y de la
sociedad civil, promoviendo la implementación de buenas prácticas en la gestión pública, la
formación continua y la vinculación con la ciudadanía.
2. Que, mediante resolución exenta N° 1.900, de 2020, la Biblioteca Institucional pasó a
depender del referido Centro.
3. Que, posteriormente, la resolución exenta N° 2.525, de 18 de diciembre de 2023,
estableció, en lo pertinente, que el Centro de Estudios de la Administración del Estado (CEA),
dependerá directamente de la jefatura de servicio, y que su dirección y coordinación interna
corresponderán a su Director o Directora, disponiendo, asimismo, que las labores del
Departamento de Formación y Desarrollo, de su Unidad de Formación y de su Área de
Desarrollo, serían íntegramente absorbidas por dicho Centro.
4. Que, al Centro de Estudios de la Administración del Estado le corresponde contribuir al
fortalecimiento de la integridad pública y de la buena administración, mediante la formación y
capacitación transversal de los funcionarios y servidores de la Administración del Estado,
incluidos los de la Contraloría General de la República, así como de la sociedad civil,
disponiendo para ello de una oferta educativa pertinente y alineada con los objetivos
institucionales.
5. Que, se hace necesario formalizar el objeto, la organización interna y las atribuciones del
Centro de Estudios de la Administración del Estado, atendida la ausencia de una estructura
orgánica y de funciones formalmente sistematizadas, como también por la conveniencia de
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dotarlo de una organización funcional que facilite la gestión, la coordinación y la mejora
continua de sus procesos.
6. Que, para tales efectos, se ha propuesto una estructura compuesta por dos unidades
funcionales -la Unidad de Gestión del Conocimiento y Formación y la Unidad de Soporte a la
Capacitación-, además de la Biblioteca y del Museo Institucional, bajo la dirección de un/a
Director/a.
7. Que, en mérito de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que formalice
dicho objeto, organización interna y distribución de sus funciones.
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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