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Diario Oficial· normas_generales

Establece organización interna para el desarrollo de las funciones de secretaría ejecutiva de la organización latinoamericana y del caribe de entidades fiscalizadoras superiores (olacefs) núm. 2.041 e

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 14 de septiembre de 2026

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ESTABLECE ORGANIZACIÓN INTERNA PARA EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES DE SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA ORGANIZACIÓN LATINOAMERICANA Y DEL CARIBE DE ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES (OLACEFS) Núm. 2.041 exenta.- Santiago, 4 de septiembre de 2026. (Resolución) Vistos: Las facultades que me confiere la Ley N° 10.336, Orgánica de esta Contraloría General, y la resolución N° 36, de 2024, de esta Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la Carta Constitutiva de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) y su Reglamento, y demás normativa aplicable. Considerando: 1. Que, la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) es un organismo internacional de carácter técnico, autónomo e independiente, que agrupa a las entidades fiscalizadoras superiores de la región de América Latina y del Caribe, con el objeto de fomentar la cooperación, el intercambio de conocimientos y el fortalecimiento institucional en materia de control gubernamental. 2. Que, actualmente, la Presidencia de la OLACEFS es ejercida por el Tribunal de Cuentas de la Unión de Brasil (TCU), en tanto la Secretaría Ejecutiva fue desempeñada por la Auditoría Superior de la Federación de México (ASF) hasta el día 30 de abril de 2026. 3. Que, mediante nota de fecha 24 de abril de 2026, el señor Mtro. Aureliano Hernández Palacios Cardel, en su calidad de Auditor Superior de la Federación de México y titular de la Secretaría Ejecutiva de la OLACEFS, presentó la renuncia irrevocable de dicha entidad fiscalizadora superior a la mencionada Secretaría Ejecutiva, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento de la Carta Constitutiva de la OLACEFS. 4. Que, en Reunión Extraordinaria del Consejo Directivo de la OLACEFS, celebrada de manera virtual el 19 de mayo de 2026, la Contraloría General de la República de Chile fue designada, mediante el Acuerdo N° 1751/05/2026, para ejercer la Secretaría Ejecutiva de la organización, hasta completar el período correspondiente al mandato anterior, esto es, hasta el 31 de diciembre de 2028. 5. Que, la Secretaría Ejecutiva, de conformidad con la Carta Constitutiva y el Reglamento de la OLACEFS, constituye el órgano encargado de proporcionar el soporte técnico y administrativo necesario para la ejecución de las actividades de la organización, encontrándose a cargo de un Secretario Ejecutivo, función que corresponde desempeñar al titular de la Contraloría General de la República de Chile. 6. Que, en virtud de lo establecido en el artículo 29 del Reglamento de la OLACEFS, la Secretaría Ejecutiva debe contar con una estructura orgánica que permita el adecuado cumplimiento de sus funciones, así como con el personal, los recursos materiales y los medios necesarios para su funcionamiento. 7. Que, en consecuencia, resulta necesario establecer formalmente la organización interna que permitirá a la Contraloría General de la República de Chile, ejercer eficientemente las funciones de Secretaría Ejecutiva de la OLACEFS. Sitio Web: www.diarioficial.cl

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA