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Diario Oficial· normas_generales

Modifica Resolución N° 4.412, de 2013, Que Establece Requisitos Fitosanitarios para el Ingreso de Naves Provenientes de

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 19 de junio de 2026

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MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional MODIFICA RESOLUCIÓN N° 4.412, DE 2013, QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA EL INGRESO DE NAVES PROVENIENTES DE ÁREAS CON PRESENCIA DE POLILLA ESPONJOSA LYMANTRIA DISPAR ASIÁTICA VNUKOVSKIJ Y LYMANTRIA DISPAR JAPONICA (MOTSCHULSKY) (LEPIDOPTERA, LYMANTRIIDAE) Núm. 5.351 exenta.- Santiago, 8 de junio de 2026. (Resolución) Vistos: Lo dispuesto en la Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley N° 3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura, que establece disposiciones sobre Protección Agrícola; el decreto supremo N° 364, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, que establece el Reglamento de Recepción y Despacho de Naves; el decreto supremo N° 313, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece Comisión Técnica y dispone Normas sobre facilitación y simplificación de la documentación de transporte marítimo; el decreto N° 510, de 2016, del Ministerio de Agricultura, y sus modificaciones, que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución N° 3.080, de 2003, del Servicio Agrícola y Ganadero y sus modificaciones, que establece criterios de regionalización en relación a las plagas cuarentenarias para el territorio de Chile; la resolución N° 4.412, de 2013, y sus modificaciones, que establece requisitos fitosanitarios para el ingreso de naves provenientes de áreas con presencia de Polilla esponjosa Lymantria dispar asiatica Vnukovskij y Lymantria dispar japonica (Motschulsky) (Lepidoptera: Lymantriidae); y la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante SAG, es la autoridad oficial encargada para velar por el patrimonio fitosanitario del país, facultado para adoptar las medidas fitosanitarias tendientes a evitar la introducción y dispersión de plagas cuarentenarias al territorio nacional en artículos reglamentados, tales como naves de transporte marítimo. 2. Que el SAG, mediante la resolución N° 4.412, de 2013, estableció requisitos fitosanitarios para el ingreso de naves provenientes de áreas con presencia de polilla esponjosa Lymantria dispar asiatica Vnukovskij y Lymantria dispar japonica (Motschulsky) (Lepidoptera, Lymantriidae). 3. Que es necesario modificar la resolución exenta N° 4.412, de 2013, con el fin de lograr una mejor comprensión y aplicación de la misma. 4. Que por un error de transcripción se requiere derogar resolución N° 4.032, de 2026.

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MINISTERIO DE AGRICULTURA