Red Judicial
Volver al inicio
Diario Oficial· normas_generales

Establece Nuevo Orden de Subrogación del Cargo de Director/a Ejecutivo/a del Servicio Local de Educación Pública de los Parques

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 18 de junio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE DIRECTOR/A EJECUTIVO/A DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES Núm. 365 exento.- Santiago, 9 de junio de 2026. Vistos: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile; en la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública y Modifica Diversos Cuerpos Legales; en la ley N° 19.882, que Regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que Indica; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Faculta a los Ministros de Estado a Firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el decreto con fuerza de ley N° 10, de 2018, de este origen, que Fija Planta de Personal del Servicio Local de Educación Pública de la Región Metropolitana que Comprende las Comunas de Quinta Normal y Renca y Otras Materias que Indica; en el decreto supremo N° 72, de 2024, del Ministerio de Educación, que Designa Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Los Parques; en el decreto exento N° 391, de 2025, del Ministerio de Educación, que Establece Nuevo orden de Subrogación del Cargo de Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Los Parques; en el oficio Ord. N° 3, de 9 de enero de 2026, del Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, que Solicita Modificación del orden de Subrogación del cargo de Director Ejecutivo de dicho Servicio; en el oficio Ord. N° 293, de 29 de enero de 2026, de la Dirección de Educación Pública, que Ratifica Solicitud de Nuevo orden de Subrogación; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; Considerando: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la ley N° 21.040, los Servicios Locales de Educación Pública son órganos públicos funcional y territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionan con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación, y a su vez, con esta Secretaría de Estado mediante la Dirección de Educación Pública. Que, conforme al artículo 21 de la anotada ley N° 21.040, la dirección y administración de cada Servicio Local de Educación Pública estará a cargo de un funcionario denominado Director Ejecutivo, quien será el jefe superior del servicio y será nombrado por el Presidente de la República mediante el proceso de selección de altos directivos públicos previsto en el párrafo 3º del Título VI de la ley N° 19.882. Que, el artículo 79 del Estatuto Administrativo, señala que la subrogación de un cargo procederá cuando no esté desempeñado efectivamente por el titular o suplente. Sitio Web: www.diarioficial.cl Que, según lo señalado en el artículo 80 del mismo estatuto, en los casos de subrogación asumirá las respectivas funciones, por el solo ministerio de la ley, el funcionario de la misma unidad que siga en el orden jerárquico, que reúna los requisitos para el desempeño del cargo. Que, el artículo quincuagésimo noveno de la ley N° 19.882 establece que, sin perjuicio del artículo citado en el considerando anterior, la autoridad facultada para efectuar el nombramiento de los jefes superiores de servicios adscritos al Sistema de Alta Dirección Pública podrá determinar para ellos otro orden de subrogación, para lo cual sólo podrá considerar funcionarios que sirvan cargos de segundo nivel jerárquico, nombrados conforme al Sistema de Alta Dirección Pública, cuando existan en el servicio respectivo. Que, el artículo 1, acápite I, N° 22, del decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, delegó en los Ministros de Estado la facultad de suscribir bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", los decretos supremos relativos al

Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:

Ver documento completo (PDF)

Organismo

MINISTERIO DE EDUCACIÓN