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Regulariza Designación de Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de los Copihues, de Conformidad al Artículo 21 de la Ley N° 21.040
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 18 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
REGULARIZA DESIGNACIÓN DE DIRECTOR EJECUTIVO DEL SERVICIO LOCAL
DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS COPIHUES, DE CONFORMIDAD AL
ARTÍCULO 21 DE LA LEY N° 21.040
Núm. 232.- Santiago, 18 de diciembre de 2025.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 de la Constitución Política de la República; en
los artículos 4, 14 y 16 del DFL N° 29, de 2004, de Hacienda que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N°
18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; en la Ley N° 21.722, de Presupuestos del
Sector Público correspondiente al año 2025; en los artículos 16, 21 y 22 de la ley N° 21.040, que
crea el Sistema de Educación Pública; en el decreto N° 162, de 2022, del Ministerio de
Educación, que fija Denominación, Ámbito de Competencia Territorial, Domicilio y Calendario
de Instalación con las Fechas en que iniciarán Funciones los Servicios Locales de Educación
Pública que indica, y deroga los decretos N° 69, 70 y 71, de 2021; en el DFL N° 52, de 2018, de
Educación, que fija Planta de Personal del Servicio Local de Educación Pública de la Región del
Biobío que comprende las comunas de Los Ángeles, Cabrero y Yumbel y otras materias que
indica; en el decreto supremo N° 1.311, de 2024, de Hacienda, que fija Porcentajes de
Asignación de Alta Dirección Pública para los cargos de Directores/as Ejecutivos/as de los
Servicios Locales de Educación Pública que se individualizan, todos, de primer nivel jerárquico;
en el oficio Ord. N° 222, de 24 de julio de 2024, de Educación, por el que se solicita iniciar
concursos públicos que indica; en el documento de 19 de noviembre de 2024, del Consejo de
Alta Dirección Pública, que certifica que el perfil de selección del cargo de director/a ejecutivo/a
del Servicio Local de Educación Pública de Los Copihues, del Ministerio de Educación, fue
aprobado a través del acuerdo N° 9.453, adoptado en la sesión ordinaria N° 1.909, de 19 de
noviembre de 2024; en el oficio res. N° PIN-ORST-00021-2025, de abril de 2025, del Presidente
del Consejo de Alta Dirección Pública al Presidente del Comité Directivo Local del Servicio
Local de Educación Pública de Los Copihues, que remite la nómina de candidatos propuestos
para proveer el cargo; en el documento de 19 de mayo de 2025, del Consejo de Alta Dirección
Pública, que certifica que una vez concluido el proceso de selección destinado a proveer el cargo
de director/a ejecutivo/a del Servicio Local de Educación Pública de Los Copihues, del
Ministerio de Educación, y habiéndose notificado a los postulantes, se presentó una reclamación,
que fue desestimada por falta de méritos, de conformidad a lo dispuesto por el artículo
quincuagésimo sexto de la ley N° 19.882; en el oficio GAB. PRES N° 713, de junio de 2025, por
el que el Presidente de la República selecciona al Director Ejecutivo del Servicio Local de
Educación Pública de Los Copihues; en el Of. Ord. N° PIN-OO-00624-2025, de 25 de junio de
2025, del Servicio Civil que remitió al Sr. Ministro de Educación, la carpeta que contiene los
antecedentes del concurso para promover el cargo que indica; y en la resolución N° 36, de 2024,
de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Que, la ley N° 21.040, crea el Sistema de Educación Pública y establece en el contexto de la
política pública de desmunicipalización, la creación de setenta Servicios Locales de Educación
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Pública, los que se encargarán de proveer, a través de los establecimientos educacionales de su
dependencia, el servicio educacional en los niveles y modalidades que corresponda, debiendo
orientar su acción de conformidad a los principios que la informan.
Que, en virtud de lo anterior, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 16 de la citada
ley, los mentados Servicios Locales de Educación Pública (en adelante, SLEP), son órganos
públicos, funcional y territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, que se relacionan con el Presidente de la República, a través de este Ministerio de
Educación.
Que, su artículo 21 prescribe que la dirección y administración de cada Servicio Local
estará a cargo de un/a Director/a Ejecutivo/a, quien será el/la jefe/a superior del servicio y es
nombrado por el Sr. Presidente de la República, mediante el proceso de selección de altos
directivos públicos.
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