Red Judicial
Volver al inicio
Diario Oficial· normas_generales

Da inicio a proceso de actualización de la “guía de delimitación y caracterización de humedales urbanos de chile”, y a un periodo de información pública para la recepción de antecedentes, de conformid

Fecha del documento:

Texto del documento

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE DA INICIO A PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE LA “GUÍA DE DELIMITACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE HUMEDALES URBANOS DE CHILE”, Y A UN PERIODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA PARA LA RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 39 DE LA LEY Nº 19.880 Núm. 2.720 exenta.- Santiago, miércoles 27 de mayo de 2026. (Resolución) Vistos: Lo dispuesto en el artículo 70 letra z) de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la ley Nº 21.202, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; en el decreto supremo Nº 15, de 2020, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece reglamento de la ley Nº 21.202, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos; en la “Guía de Delimitación y Caracterización de Humedales Urbanos de Chile”, de 2022, del Ministerio del Medio Ambiente-ONU Medio Ambiente; en la ley Nº 21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; y, Considerando: 1. Que, es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, así como velar por la protección y conservación de la diversidad biológica del país. 2. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente (“Ley Nº 19.300”), el Ministerio del Medio Ambiente (“Ministerio”) corresponde a la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la integridad de la política ambiental y su regulación normativa. 3. Que, la ley Nº 21.202, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos (“Ley Nº 21.202”), tiene por objeto, según dispone su artículo 1º, la protección de los humedales urbanos declarados por el Ministerio, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales, todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano. 4. Que, de acuerdo con lo dispuesto en la ley Nº 21.202 y en el decreto supremo Nº 15, de 2020, del Ministerio, que establece el reglamento de la ley Nº 21.202 (“Reglamento”), los requisitos para la declaración de un humedal urbano consisten en que se trate de un humedal, y que éste se ubique total o parcialmente dentro del límite urbano. 5. Que, conforme al literal d) romano II del artículo 8º del Reglamento, “La delimitación de los humedales deberá considerar al menos uno de los siguientes criterios: (i) la presencia de vegetación hidrófita; (ii) la presencia de suelos hídricos con mal drenaje o sin drenaje; y/o (iii) un Sitio Web: www.diarioficial.cl régimen hidrológico de saturación ya sea permanente o temporal que genera condiciones de inundación periódica”. 6. Que, por su parte, el artículo 20 del Reglamento establece que el Ministerio elaborará una guía metodológica que oriente técnicamente la delimitación y caracterización de humedales urbanos en base a los criterios definidos en el artículo 8. 7. Que, dando cumplimiento a lo anterior, durante marzo de 2022 se publicó la “Guía de Delimitación y Caracterización de Humedales Urbanos de Chile” (“Guía vigente”), elaborada por el Ministerio y ONU Medio Ambiente. 8. Que, el proceso de implementación de la ley Nº 21.202 ha permitido al Ministerio generar y sistematizar conocimiento técnico y experiencia práctica en materia de delimitación y caracterización de humedales urbanos. En base a dicha experiencia, el Ministerio estima necesario actualizar los lineamientos metodológicos contenidos en la Guía vigente, con el objeto

Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:

Ver documento completo (PDF)

Organismo

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE