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Da inicio a proceso de actualización de la “guía de delimitación y caracterización de humedales urbanos de chile”, y a un periodo de información pública para la recepción de antecedentes, de conformid
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MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
DA INICIO A PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE LA “GUÍA DE DELIMITACIÓN Y
CARACTERIZACIÓN DE HUMEDALES URBANOS DE CHILE”, Y A UN PERIODO
DE INFORMACIÓN PÚBLICA PARA LA RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES, DE
CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 39 DE LA LEY Nº 19.880
Núm. 2.720 exenta.- Santiago, miércoles 27 de mayo de 2026.
(Resolución)
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 70 letra z) de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio
Ambiente; en la ley Nº 21.202, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger
los humedales urbanos; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos
administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; en el decreto
supremo Nº 15, de 2020, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece reglamento de la ley
Nº 21.202, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales
urbanos; en la “Guía de Delimitación y Caracterización de Humedales Urbanos de Chile”, de
2022, del Ministerio del Medio Ambiente-ONU Medio Ambiente; en la ley Nº 21.600, que crea
el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas; en la
resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre
exención del trámite de Toma de Razón; y,
Considerando:
1. Que, es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, así como velar por la
protección y conservación de la diversidad biológica del país.
2. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases
Generales del Medio Ambiente (“Ley Nº 19.300”), el Ministerio del Medio Ambiente
(“Ministerio”) corresponde a la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de
la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental, así
como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales
renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la integridad de la política
ambiental y su regulación normativa.
3. Que, la ley Nº 21.202, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger
los humedales urbanos (“Ley Nº 21.202”), tiene por objeto, según dispone su artículo 1º, la
protección de los humedales urbanos declarados por el Ministerio, de oficio o a petición del
municipio respectivo, entendiendo por tales, todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y
turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes
o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de
agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total
o parcialmente dentro del límite urbano.
4. Que, de acuerdo con lo dispuesto en la ley Nº 21.202 y en el decreto supremo Nº 15, de
2020, del Ministerio, que establece el reglamento de la ley Nº 21.202 (“Reglamento”), los
requisitos para la declaración de un humedal urbano consisten en que se trate de un humedal, y
que éste se ubique total o parcialmente dentro del límite urbano.
5. Que, conforme al literal d) romano II del artículo 8º del Reglamento, “La delimitación de
los humedales deberá considerar al menos uno de los siguientes criterios: (i) la presencia de
vegetación hidrófita; (ii) la presencia de suelos hídricos con mal drenaje o sin drenaje; y/o (iii) un
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régimen hidrológico de saturación ya sea permanente o temporal que genera condiciones de
inundación periódica”.
6. Que, por su parte, el artículo 20 del Reglamento establece que el Ministerio elaborará una
guía metodológica que oriente técnicamente la delimitación y caracterización de humedales
urbanos en base a los criterios definidos en el artículo 8.
7. Que, dando cumplimiento a lo anterior, durante marzo de 2022 se publicó la “Guía de
Delimitación y Caracterización de Humedales Urbanos de Chile” (“Guía vigente”), elaborada
por el Ministerio y ONU Medio Ambiente.
8. Que, el proceso de implementación de la ley Nº 21.202 ha permitido al Ministerio generar
y sistematizar conocimiento técnico y experiencia práctica en materia de delimitación y
caracterización de humedales urbanos. En base a dicha experiencia, el Ministerio estima
necesario actualizar los lineamientos metodológicos contenidos en la Guía vigente, con el objeto
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