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Otorga a sincro energía del desierto SpA, concesión eléctrica definitiva para establecer las instalaciones correspondientes al proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado “subestación puer
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 18 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ENERGÍA
OTORGA A SINCRO ENERGÍA DEL DESIERTO SpA, CONCESIÓN ELÉCTRICA
DEFINITIVA PARA ESTABLECER LAS INSTALACIONES CORRESPONDIENTES
AL PROYECTO DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADO
“SUBESTACIÓN PUERTO FLAMENCO Y LÍNEA 1X220 KV PUERTO FLAMENCO -
ILLAPA”, EN LA REGIÓN DE ATACAMA, PROVINCIA DE CHAÑARAL, COMUNA
DE DIEGO DE ALMAGRO
Núm. 155 exento.- Santiago, 11 de junio de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 11° y 29° del decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006,
del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado
y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de
Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante “Ley General de Servicios
Eléctricos”, y sus modificaciones posteriores; lo dispuesto en la ley N° 19.880, que establece
bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado; en el decreto supremo N° 38, de 2026, del Ministerio del Interior,
que nombra ministros de Estado en las carteras que indica; en la resolución N° 36, de 2024, de la
Contraloría General de la República, y sus modificaciones posteriores; y
Considerando:
1. Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en su oficio
ordinario electrónico N° 333746, de 18 de mayo de 2026, el cual pasa a formar parte del presente
acto administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la ley N° 19.880, que
establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado.
2. Lo dispuesto por la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República,
en particular, su artículo 14, literal C), numeral 14.7, disposición que somete al trámite de toma
de razón el otorgamiento y terminación de concesiones de los sectores sanitario, gas y de
distribución eléctrica, encontrándose exentas, por lo tanto, las vinculadas a transmisión eléctrica.
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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