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Fija tasa diferenciada de patente comercial que indica núm. 1.748 exento.- talagante, 2 de junio de 2026. vistos y considerando: 1. la necesidad de la municipalidad de establecer tasas diferenciadas p
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 17 de junio de 2026
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MUNICIPALIDAD DE TALAGANTE
FIJA TASA DIFERENCIADA DE PATENTE COMERCIAL QUE INDICA
Núm. 1.748 exento.- Talagante, 2 de junio de 2026.
Vistos y considerando:
1. La necesidad de la Municipalidad de establecer tasas diferenciadas para las patentes
comerciales, según lo dispuesto en el Art. 24º del DL Nº 3.063 sobre Rentas Municipales;
2. La Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 53 de fecha 13 de mayo de 2026 y lo
dispuesto en el artículo 65, letra a) de la ley Nº 18.695, y sus posteriores modificaciones;
3. El Acuerdo Municipal Nº 181, del 13 de mayo de 2026, mediante el cual la mayoría de
los miembros del Concejo Municipal aprobaron fijar tasa diferenciada de patente comercial de
dos y medio por mil para el cuadrante compuesto por la calle Enrique Alcalde por el Norte, calle
Esmeralda por el Sur, calle Francisco Chacón por el Oriente y calle República por el Poniente;
4. El Of. Ord. Nº 151, de fecha 17 de abril de 2026, enviado por la Dirección de
Administración y Finanzas al Sr. Alcalde de Talagante y Presidente del Honorable Concejo
Municipal;
5. La atribución establecida en el artículo 24º del DL Nº 3.063, sobre Rentas Municipales,
que permite que el Alcalde, con acuerdo del Concejo Municipal, fije indistintamente una tasa
única de la patente para todo el territorio comunal, como asimismo tasas diferenciadas al interior
de la comuna, en zonas definidas en el respectivo instrumento de planificación urbana, mediante
la dictación del correspondiente decreto alcaldicio, el cual deberá publicarse debidamente al
interior de la comuna;
6. La facultad del Alcalde para representar a la Ilustre Municipalidad de Talagante, consta
en la Sentencia de Calificación y Escrutinio General de la elección de Alcalde y Concejales de la
comuna de Talagante, de fecha 27 de noviembre de 2024 y en el Acta de Proclamación del
Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, de fecha 3 de diciembre de 2024; y
Teniendo presente, las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica
Constitucional de Municipalidades, en su texto refundido, coordinado y sistematizado, contenido
en DFL Nº 1, del 26 de 2006, y sus posteriores modificaciones.
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