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Modifica resolución n° 305 exenta (v. y u.), de 2026, que dispone llamado a postulación en condiciones especiales para proyectos del sistema de subsidio habitacional, tramo 2, conforme al artículo 13,
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 17 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 305 EXENTA (V. Y U.), DE 2026, QUE DISPONE
LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA PROYECTOS
DEL SISTEMA DE SUBSIDIO HABITACIONAL, TRAMO 2, CONFORME AL
ARTÍCULO 13, INCISO CUARTO DEL DS N° 1 (V. Y U.), DE 2011, PARA PERSONAS
DAMNIFICADAS POR INCENDIO OCURRIDO EN LAS COMUNAS DE
CONCEPCIÓN, PENCO Y TOMÉ, EN ENERO DE 2026, REGIÓN DEL BIOBÍO; Y
DELEGA FACULTADES QUE INDICA
(Resolución)
Santiago, 10 de junio de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 854 exenta.
Visto:
La resolución exenta N° 305 (V. y U.), de fecha 24 de febrero de 2026, que dispone el
llamado a postulación en condiciones especiales para proyectos del sistema de subsidio
habitacional, tramo 2, conforme al artículo 13, inciso cuarto del DS N° 1 (V. y U.), de 2011, para
personas damnificadas por los incendios ocurridos en las comunas de Concepción, Penco y
Tomé, en enero de 2026, Región del Biobío; el oficio Ord. N° 3.386, del Director (S) del
Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Biobío, de fecha 15 de mayo de 2026, y
Considerando:
1. Que, mediante la resolución exenta N° 305 (V. y U.), de fecha 24 de febrero de 2026, se
llamó a postulación en condiciones especiales para proyectos del sistema de subsidio
habitacional, tramo 2, conforme al artículo 13, inciso cuarto del DS N° 1 (V. y U.), de 2011, para
personas damnificadas por los incendios ocurridos en las comunas de Concepción, Penco y
Tomé, en enero de 2026, Región del Biobío.
2. Que, mediante el oficio Ord. N° 3.386, de 2026, del Servicio de Vivienda y Urbanización
de la Región del Biobío, citado en el Visto, el Director (S) solicitó modificar la resolución exenta
N° 305 (V. y U.), de 2026, en el sentido de aumentar la cantidad de recursos dispuesto para el
financiamiento directo para la atención de damnificados.
3. Que, se hace necesario modificar la resolución exenta N° 305 (V. y U.), de 2026.
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