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Asigna directamente subsidios del programa de mejoramiento de viviendas y barrios, regulado por el ds n° 27 (v. y u.), de 2016, artículo 40, correspondiente al capítulo segundo, proyectos para la vivi
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 17 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
ASIGNA DIRECTAMENTE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE
VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2016,
ARTÍCULO 40, CORRESPONDIENTE AL CAPÍTULO SEGUNDO, PROYECTOS
PARA LA VIVIENDA, MODALIDAD DE EJECUCIÓN BANCO DE MATERIALES,
DESTINADO AL FINANCIAMIENTO PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIALES
DE CONSTRUCCIÓN, PARA LA ATENCIÓN DE NUEVE FAMILIAS CUYAS
VIVIENDAS PRESENTAN DAÑOS LEVES COMO CONSECUENCIA DEL MEGA
INCENDIO OCURRIDO EN EL MES DE FEBRERO DE 2024, EN LAS COMUNAS DE
QUILPUÉ Y VIÑA DEL MAR EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
(Resolución)
Santiago, 10 de junio de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 855 exenta.
Visto:
a) La facultad que me confiere el artículo 26, inciso primero, del DS N° 27 (V. y U.), de
2016, que reglamenta el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, para asignar
directamente por resoluciones hasta un 30% de la cantidad de recursos dispuestos anualmente a
nivel nacional para este Programa, para la atención de personas que se encuentren en situaciones
especiales de urgente necesidad habitacional, derivadas de casos fortuitos de fuerza mayor u
otros, o proyectos que el Minvu califique como de extrema relevancia, y además para eximir a
los beneficiarios del cumplimiento de uno o más requisitos, modificar condiciones o requisitos,
eliminar impedimentos, o incluso disponer el aumento de los montos de subsidios establecidos
por el referido decreto;
b) La resolución exenta Nº 6.042 (V. y U.), de 2017, y sus modificaciones, que delega en
los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, la facultad de dictar
resoluciones que dispongan asignar directamente subsidios a que se refiere el inciso primero del
artículo 26, del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, hasta por un 10% de los montos del programa
habitacional dispuestos para la atención de personas que se encuentren en situaciones especiales
de urgente necesidad habitacional, derivadas de casos fortuitos, de fuerza mayor u otros, o para
la atención de los damnificados como consecuencia de incendios, sismos, inundaciones, u otras
catástrofes, conforme a la ley Nº 16.282, cuyo texto refundido fue fijado por el DS Nº 104, de
Interior, de 1977 o proyectos que el Seremi califique como de extrema relevancia;
c) La resolución exenta N° 43 (V. y U.), de fecha 13 de enero de 2026, que autoriza efectuar
llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2026, en el otorgamiento de
subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a
través del programa regulado por el DS N° 27 (V. y U.) de 2016;
d) El oficio ordinario Nº 394, de fecha 8 de agosto de 2022, de la Subsecretaria de Vivienda
y Urbanismo, que establece nuevo protocolo para la tramitación de solicitudes de recursos
extraordinarios para proyectos correspondientes al programa habitacional regulado por el DS Nº
27 (V. y U.), de 2016, entre otros Programas de Vivienda y Urbanismo;
e) Los oficios ordinarios Nº 2907, de fecha 29 de abril de 2026 y Nº 3762 de fecha 1 de
junio de 2026, ambos del Director (S) Serviu Región de Valparaíso, mediante el cual solicita
asignación directa de subsidios del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado
por el DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, correspondiente al capítulo segundo, proyectos para la
vivienda, modalidad de ejecución banco de materiales, destinado al financiamiento para la
adquisición de materiales para 9 familias cuyas viviendas presentan daños leves como
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consecuencia del mega incendio ocurrido en el mes de febrero de 2024 en la Región de
Valparaíso;
f) El correo electrónico del funcionario del Serviu Región de Valparaíso, Sr. Pablo Olivares
Ahumada, Encargado de la Oficina del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, de 1
de junio de 2026, y
Considerando:
1. Que, durante el mes de febrero de 2024, en la Región de Valparaíso ocurrieron diversos
incendios forestales, los que en su conjunto siniestraron miles de hectáreas, afectando reservas
naturales, infraestructura y zonas residenciales ubicadas en las provincias de Marga Marga y
Valparaíso en la Región de Valparaíso y, como consecuencia, numerosas viviendas resultaron
con daños de diversa consideración;
2. Que, el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios interviene exclusivamente en
localidades urbanas con una población superior a 5.000 habitantes, de acuerdo con la
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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