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Amplía Área de Regulaciones Cuarentenarias para el Control y Erradicación de la Mosca del Mediterráneo (ceratitis Cap
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 16 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Valparaíso
AMPLÍA ÁREA DE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y
ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA
W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA, REGIÓN DE VALPARAÍSO
Núm. 1.234 exenta.- Quillota, 29 de mayo de 2026.
(Resolución)
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República; el decreto
con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N° 19.880, sobre Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado; la ley N° 18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto
ley N° 3.557 de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola y sus posteriores
modificaciones; la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta N° 4.743 de 2020, del
Director Nacional del Servicio, que crea sistema nacional de emergencia del Servicio Agrícola y
Ganadero, comité nacional de emergencia y funcionarios habilitados en el sistema de
emergencia; las resoluciones N° 661 de 2022, N° 1.909 de 2024 y N° 3.824 de 2026 todas de la
Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; las resoluciones N° 619 de 2026, N° 730
de 2026, N° 842 de 2026, N° 990 de 202 y N° 1.063 de la Dirección Regional de Valparaíso; y
las facultades que invisto como Director Regional Subrogante del Servicio Agrícola y Ganadero
de la Región de Valparaíso, conforme la resolución exenta N° RA N° 240/697/2026 de fecha 20
de abril de 2026, de la Dirección Nacional del Servicio.
Considerando:
1. Que, mediante la resolución exenta N° 3.513, de fecha 7 de diciembre del año 1995, se
declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales, conocida como “Mosca del
Mediterráneo” (Ceratitis capitata Wied).
2. Que, con fecha 4 de marzo, se detectó la presencia de un ejemplar hembra de la plaga
Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), en el área semiurbana de El Sauce, comuna de
Los Andes, Región de Valparaíso, lo que activó vigilancia intensiva mediante resolución exenta
N° 619 del 2026, de la Dirección Regional de Valparaíso.
3. Que, con fecha 30 de marzo de 2026, se detectó la presencia de un segundo ejemplar del
insecto correspondiente a la plaga, señalada precedentemente, en el área, lo que originó un brote,
mediante la emisión de la resolución N° 730 de 2026 , de la Dirección Regional de Valparaíso.
4. Que, posteriormente se detectaron ejemplares del insecto señalado precedentemente, lo
que originó ampliación del área reglamentada en el sector El Sauce, mediante la emisión de las
resoluciones N° 842 de 2026, N° 990 de 2026 y N°1.063, de la Dirección Regional de
Valparaíso.
5. Que, el día 22 de mayo de 2026, se ha detectado la presencia de un ejemplar macho joven
de Mosca de la fruta en el sector El Huape, razón por la cual resulta necesario ampliar el área
reglamentada en un radio de 7.2 km con ocasión de dicha detección.
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6. Que, el radio del brote comprende parcialmente la Región de Valparaíso, las comunas de
Los Andes, San Esteban, Santa María y Calle Larga.
7. Que, en virtud de lo dispuesto en el número 3 de la resolución exenta N° 3.513/1995, el
Servicio está facultado para adoptar las medidas fitosanitarias que sean necesarias para el control
y erradicación de esta plaga.
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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