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Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Arica y Parinacota NOTIFICACIÓN Res. Ex. Nº 1.597/2025 de 18/12/2025, se resolvió la causa rol 2515317;

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MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Arica y Parinacota NOTIFICACIÓN Res. Ex. Nº 1.597/2025 de 18/12/2025, se resolvió la causa rol 2515317; Vistos: Las facultades como Director Regional del SAG, Región de Arica y Parinacota, conforme a la resolución exenta RA Nº 240/2037/2023, del SAG; Ley Nº 18.755/1989 Orgánica del SAG y sus posteriores modificaciones; el DFL Nº 1/2000 que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880/2003 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el Parte Policial Nº 13 de 28/05/2025 del Retén Chucuyo (F), Cuarta Comisaría Chacalluta (F) de Carabineros de Chile y; la resolución Nº 36/2024 de la CGR; Considerando: Parte Policial Nº 13 de 28/05/2025 a don Jhonny Torrez Laura, con domicilio desconocido, por haberse comprobado la siguiente infracción: Transportar en vehículo placa patente SJHG-11, 690 bandejas de huevos de gallina con 30 unidades cada una, sumando un total de 20.700 unidades, ingresadas ilegalmente al país por paso no habilitado. El Acta de Entrega de Productos Fitozoosanitarios al Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Arica y Parinacota de 04/06/2025. certificado de no comparecencia del denunciado. El informe técnico de Enc. Reg. de Pecuaria. Que conforme a los antecedentes reunidos, se configura una infracción a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 3 del DFL RRA 16 de 1963 de Sanidad y Protección Animal; inciso primero del artículo 21 del decreto ley Nº 3.557 de 1981 que Establece Disposiciones Sobre Protección Agrícola; números 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la parte resolutiva de la resolución exenta Nº 1.559 de 13 de junio de 1995 de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero que Fija Exigencias Sanitarias Para la Internación de Huevos Para Consumo y; números 1, 2, 3, 5, 6, 7 y 8 de la parte resolutiva de la resolución exenta Nº 3.138 de 28 de octubre de 1999 de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero que Establece Requisito de Habilitación para Establecimientos de Producción Pecuaria que deseen exportar Animales o sus productos a Chile, por lo que se procederá a aplicar sanción al denunciado. Resuelvo: 1.- Aplíquese a don Jhonny Torrez Laura una multa de 50 UTM, vigentes a la fecha de pago; 2.- Procédase a la destrucción de los productos de 20.700 unidades de huevos de gallina. 3.- Páguese en cualquier Oficina SAG a nivel nacional; 4.- El infractor podrá pedir al Director Nacional la revisión de esta Res. dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde su notificación. Firma: Álvaro Alegría Matus, Director SAG, Región de Arica y Parinacota. Sitio Web: www.diarioficial.cl

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