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17º Juzgado Civil Santiago, Causa Rol: C-6194-2025 Caratulado: “Banco Itaú Chile S.A./Carrasco “Por resolución 8 de septiembre de 2025 se ordenó notificar a Clorinda Carrasco Gil, RUT: 23.411.641-K, p

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 15 de junio de 2026

Texto del documento

NOTIFICACIÓN 17º Juzgado Civil Santiago, Causa Rol: C-6194-2025 Caratulado: “Banco Itaú Chile S.A./Carrasco “Por resolución 8 de septiembre de 2025 se ordenó notificar a Clorinda Carrasco Gil, RUT: 23.411.641-K, para que pague al Banco Itaú Chile S.A., la cantidad de U.F.986,0813, equivalentes al 28 de abril del 2025 a $38.518.712.- más intereses y costas. Se ordenó notificar por medio de avisos, y citar para que al quinto día siguiente a la última publicación comparezca a la Secretaria del Tribunal a fin de que se le efectúe requerimiento de pago correspondiente en horario de audiencia del mismo entre las 08:30 horas y las 13:00 horas. Deberán practicarse tres publicaciones en diario El Mercurio de Santiago y, siendo esta la primera notificación de demanda, publíquese además en Diario Oficial correspondiente días primero o quince de cualquier mes. La última de las publicaciones pertinentes deberá efectuarse con a lo menos cinco días hábiles de antelación a la oportunidad decretada para requerimiento de pago. Demanda: En lo Principal: Demanda en juicio ejecutivo. Primer Otrosí: Señala bienes para la traba y depositario. Segundo Otrosí: Acompaña documentos, con citación. Tercer Otrosí: Personería. Cuarto Otrosí: Se tenga presente. Quinto Otrosí: Acredita cambio Razón Social. Sexto Otrosí: Solicitud que indica. Septimo Otrosí: Solicita ampliación plazo. Octavo Otrosí: Patrocinio y poder. S. J. L. Juzgado de Santiago. Francisco Javier Sepúlveda Figueroa, abogado, correo electrónico fsepulveda@fsfabogados.cl, Agustinas Nº 1022, oficina 1010, Santiago, en representación Corpbanca, hoy Banco Itaú Chile, sociedad anónima bancaria, representada por gerente general Andre Gailey Carvalho Whyte, abogado, los dos últimos con domicilio Rosario Norte nº 660, piso 11, comuna de Las Condes, a US., digo: Por escritura pública 31 de Agosto del 2012, otorgada en Notaría de Santiago, de René Benavente Cash, el Banco otorgó a Clorinda Carrasco Gil, argentina, odontóloga, con domicilio Vicente Valdés n° 87, departamento 1303, comuna La Florida; un préstamo por 1.955 Unidades de Fomento. La demandada Clorinda Carrasco Gil, se obligó a pagar la cantidad recibida en mutuo de 1.955 unidades de fomento, en plazo de 240 meses, a contar del día primero del mes siguiente al de la fecha escritura, por medio de igual número de dividendos o cuotas mensuales, vencidos y sucesivos. Dichos dividendos comprenden la amortización y los intereses pactados. La tasa de interés real, anual y vencida que devengaría el mutuo 3,85% anual. El monto mensual de dividendos consta en el “Desarrollo de Deuda o Cuadro de Pago” elaborado por Banco para el mutuo, que se protocolizó misma fecha y bajo el mismo Repertorio. Los dividendos se pagarían por mensualidades vencidas, dentro primeros 10 días del mes siguiente a aquel en que se hubieren devengado, o sí éste fuere inhábil, en el día hábil bancario inmediatamente siguiente. Los dividendos debían ser pagados en dinero efectivo por la equivalencia en pesos, moneda legal, de la Unidad de Fomento al día de su pago efectivo. En caso de mora en el pago de una cualquiera de estas cuotas, la parte deudora debe pagar al Banco acreedor por cada cuota impaga, a contar del día uno del mes en que debió haberse pagado, un interés penal igual al interés máximo convencional. Con el objeto de caucionar el crédito referido, doña Clorinda Carrasco Gil, constituyó primera hipoteca sobre departamento 1303 del piso 13, el estacionamiento 249 del 1 subterráneo, y la bodega 249 del 1 subterráneo; todos del “Edificio Las Hortensias” o “Edificio B Dos”, ubicado en Vicente Valdés número ochenta y siete, comuna de La Florida, Región Metropolitana. Deudor no ha pagado los dividendos del préstamo desde el n° 145, con vencimiento el 10 de septiembre del 2024, debido a lo cual se ha hecho exigible saldo deuda que asciende a 986,0813 Unidades de Fomento, equivalentes al 28 de abril del 2025 ( U.F. $39.062,41) a la suma de $38.518.712.- más el interés máximo convencional. Por Tanto, Ruego a US.: Tener por interpuesta demanda en juicio ejecutivo en contra Clorinda Carrasco Gil, ordenar que se despache mandamiento de ejecución y embargo por la cantidad de 986,0813 Unidades de Fomento, equivalentes al 28 de abril del 2025 ( U.F. $39.062,41) a $38.518.712.- más interés máximo convencional que la Ley permita estipular, con costas. Primer Otrosi: Sírvase S.S. tener presente señalo para la traba del embargo,

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