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Y en LIMITADA, representación SUSTENTABLES CONSTRUCCIONES SANHUEZA GONZÁLEZ, Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950, piso 7, en causa RIT: C-1777-2026 RUC: 24-4-
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NOTIFICACIÓN
y
en
LIMITADA,
representación
SUSTENTABLES
CONSTRUCCIONES
SANHUEZA GONZÁLEZ,
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950, piso 7, en
causa RIT: C-1777-2026 RUC: 24-4-0592843-0 caratulada “ESPINOZA/SANHUEZA” y con
fecha catorce de mayo de dos mil veintiséis, se ordenó notificar a las demandadas
INNOVACIÓN INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA, RUT 77.673.177-3., representada por
don NELSON ALEJANDRO SANHUEZA GONZÁLEZ, cédula de identidad Nº 14092328-1 y
DESARROLLOS CONSTRUCTIVOS SUSTENTABLES LIMITADA, RUT. 76.730.109-K,
representada por don Andrés Octavio Sanhueza González, cédula de identidad Nº 11972868-1, la
presente resolución conjuntamente con la liquidación del crédito de fecha 7 de mayo de 2026.
Requerimiento: “Santiago, catorce de mayo de dos mil veintiséis. Requiérase a don ANDRÉS
de DESARROLLOS
OCTAVIO
CONSTRUCTIVOS
E
INSTALACIONES SANHUEZA Y SANHUEZA CÍA. LTDA., y a don NELSON
ALEJANDRO SANHUEZA GONZÁLEZ, en representación de INNOVACIÓN INGENIERÍA
Y CONSTRUCCIÓN SpA, para que dentro del plazo de cinco días establecido en el artículo 466
del Código del Trabajo, pague a don MARCELO RODRIGO ESPINOZA RÍOS, o a quién sus
derechos representen, la suma de $52.393.656 (cincuenta y dos millones trescientos noventa y
tres mil seiscientos cincuenta y seis pesos), más reajustes, intereses y costas. La liquidación del
crédito deberá notificarse por Carta certificada a las partes, la que se tendrá por aprobada si en el
plazo de cinco días no fuere objetada en los términos que dispone el artículo 469 del Código del
Trabajo. Asimismo, junto con la liquidación se notificará el requerimiento al demandado, quién
tendrá el plazo de cinco días para oponer las excepciones de conformidad a lo previsto en el
artículo 470 del Código del Trabajo. No obstante, lo anterior, y habiéndose advertido que la
ejecutadas INNOVACIÓN, INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA, Y DESARROLLOS
CONSTRUCTIVOS SUSTENTABLES LIMITADA, fueron notificadas en sede declarativa
mediante la publicación de avisos en el Diario Oficial, lo que constituye una circunstancia que
permite entender que se han verificado los presupuestos fácticos establecidos en el artículo 439
del Código del Trabajo, se ordena proceder a la forma de notificación contemplada en dicha
norma respecto de las partes ejecutadas, INNOVACIÓN, INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN
SpA y DESARROLLOS CONSTRUCTIVOS SUSTENTABLES LIMITADA, esto es mediante
la publicación de un aviso en el Diario Oficial, y de acuerdo a extracto que redacte el ministro de
fe del Tribunal, el que deberá contener extracto de la liquidación del crédito, y; copia íntegra de
la presente resolución. En virtud de los principios de celeridad y de oficialidad, consagrados en el
artículo 425 del Código del Trabajo, en relación al artículo 465 del mismo cuerpo legal, se
decretan las siguientes diligencias: 1) Ofíciese a la Tesorería General de la República para los
efectos de proceder a la retención a que se refiere el artículo 467 del Código del Trabajo, hasta
por la suma de $52.393.656 (cincuenta y dos millones trescientos noventa y tres mil seiscientos
cincuenta y seis pesos). 2) A través de la vía que se encuentra autorizada para el efecto, el
funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e incorporar a la presente causa la
información que se registre en la Comisión para el Mercado Financiero, relativa a las entidades
bancarias y financieras en que mantenga acreencias las demandadas DESARROLLOS
76.730.109-K,
CONSTRUCTIVOS
CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES SANHUEZA Y SANHUEZA CÍA. LTDA., RUT
76.511.740-2, e INNOVACIÓN INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA, RUT 77.673.177-3.
3) Asimismo, a través de la vía que se encuentra autorizada para el efecto, el funcionario
habilitado del tribunal, deberá obtener e incorporar a la presente causa información que se
registre en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación,
relativa a
inscripción de vehículos a nombre de demandadas DESARROLLOS
CONSTRUCTIVOS SUSTENTABLE LIMITADA, RUT. 76.730.109-K, CONSTRUCCIONES
E INSTALACIONES SANHUEZA Y SANHUEZA CÍA. LTDA., RUT 76.511.740-2, e
SUSTENTABLES
LIMITADA,
RUT.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
INNOVACIÓN
INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA, RUT 77.673.177-3. RIT:
C-1777-2026 RUC: 24-4-0592843-0. Proveyó don(a) María Eugenia Cubillo Espinoza, Juez
Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. En Santiago, a catorce de
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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