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Primer Juzgado Letras Antofagasta ordenó notificación avisos causa 3332-2025, “Scotiabank Chile S.A./Barraza”. Cristian Viñales Devoto, abogado, domiciliado Prat 214, oficina 402, Antofagasta, represe

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NOTIFICACIÓN Primer Juzgado Letras Antofagasta ordenó notificación avisos causa 3332-2025, “Scotiabank Chile S.A./Barraza”. Cristian Viñales Devoto, abogado, domiciliado Prat 214, oficina 402, Antofagasta, representación Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, gerente Diego Patricio Masola, domiciliados Costanera Sur 2710 Torre A piso 23, Las Condes: En representación invocada entabla demanda contra Andrés Giancarlo Barraza Mera, ingeniero, RUT. 16.467.245-K, domiciliado Santiago Arata Block Condominio PO 4083, departamento 31, Arica: I. Mutuo Hipotecario 1°.- Por escritura Pública 14 octubre 2020, autorizada por Javiera Barrera, suplente Nicolás Arrieta, quien fuera notario titular Antofagasta, demandado celebró contrato compraventa mutuo e hipoteca por el que Scotiabank Chile dio en préstamo UF. 2.817.- Asimismo, dio en préstamo UF. 3,2649, que se aplicaría al pago primas de seguros periodo gracia. Deudora se obligó a pagar UF. 2817, más monto primas seguros, más monto capitalización de intereses devengados durante periodo gracia, ascendentes a UF. 16,2836, de manera que obligación correspondería a UF. 2.836,5484, que se obligó a pagar en plazo 357 cuotas mensuales, por igual número dividendos mensuales y vencidos que comprenderían capital e intereses, cada uno vencimiento día cinco cada mes, con tasa interés real, anual y vencido del 2,3% anual. Intereses y reajustes se devengaría desde día inicio de obligación. 2°.- Obligaciones tendrían carácter indivisibles. 3°.- Cuota mensual debería ser pagada en dinero, por valor en pesos moneda corriente de Unidad Fomento a fecha de pago efectivo. En evento que deudora no pagare cualquier cuota en día de vencimiento, devengaría interés penal igual al máximo convencional fijado por autoridad durante tiempo de mora o simple retardo. Incumplimiento facultaría al Banco para hacer exigibles obligaciones que deudor mantenga. 4°.- A fin garantizar obligaciones Andrés Giancarlo Barraza Mera constituyó primera hipoteca a favor Scotiabank Chile, sobre inmueble ubicado Antofagasta, departamento 2403, vigésimo cuarto piso Torre Sur, bodega 425, y estacionamiento 3119, ambos ubicados nivel subterráneo menos tres, Condominio Edificio Torres Nueva Costanera, ingreso por Avenida Edmundo Pérez Zújovic 5134, Antofagasta, inscritos Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces Antofagasta fojas 1216 N° 1689 año 2021. Primera hipoteca, fojas 1029 N° 1038 Registro Hipotecas y Gravámenes referido Conservador año 2021. Prohibición enajenar, prometer enajenar, gravar, constituir derechos reales o personales, subdividir, ni arrendar o subarrendar inscritas fojas 984 N° 1217 Registro Prohibiciones e Interdicciones citado Conservador y año. 5°.- Cláusula vigésima, Banco podría exigir anticipadamente pago totalidad del mutuo, considerar vencido plazo de deuda y exigir inmediato pago de suma a que esté reducida, más reajustes, intereses, costas y gastos entre otra, por causales: a) si retarda pago dividendo más de treinta días corridos; letra f) si deudor cayere en insolvencia; g) si deudora dejare de pagar cualquier obligación con el Banco, causales que concurren. 6°.- Representado ejerce derecho exigibilidad anticipada saldo deuda, a contar cuota vencimiento 5 febrero 2025, fecha mora, esto es UF. 2564,5542 equivalentes moneda nacional al 9 octubre 2025 a $101.263.090.- según cronograma plan pagos. Deben agregarse intereses penales y costas. II. Representado dueño Pagaré operación 710155982657, 7 agosto 2025 por $1.817.323 que demandado reconoce deber y se obliga a pagar vista y orden Scotiabank Chile. Devengaría desde suscripción y hasta día pago efectivo, tasa interés máxima convencional fijada mensualmente por autoridad, a menos que la que rija hasta pago sea superior. Pago obligación tiene carácter indivisible. Liberó al tenedor de obligación protesto. Demandado en mora en cumplimiento y adeuda $1.817.323.- intereses y costas. Por Tanto, Ruego A Us.: Tener por interpuesta demanda ejecutiva contra Andrés Giancarlo Barraza Mera, y despachar mandamiento. Primer Otrosí: Acompaña: 1.- Copia escritura pública compraventa mutuo e hipoteca. 2.- Cronograma plan pagos. 3.- Certificados Hipotecas, gravámenes, y copia inscripción. 4.- Pagaré 710155982657. 5.- recibo contrato cuenta corriente. 6.- Contrato Único cliente. 7.- escritura pública personería Marjorie Leyton. Segundo Otrosí: Señala bienes embargo. Tercer Otrosí: Personería. Cuarto Otrosí: Patrocinio. Quinto Otrosí: Notificación.

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