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Primer Juzgado Letras Antofagasta ordenó notificación avisos causa 3332-2025, “Scotiabank Chile S.A./Barraza”. Cristian Viñales Devoto, abogado, domiciliado Prat 214, oficina 402, Antofagasta, represe
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NOTIFICACIÓN
Primer Juzgado Letras Antofagasta ordenó notificación avisos causa 3332-2025,
“Scotiabank Chile S.A./Barraza”. Cristian Viñales Devoto, abogado, domiciliado Prat 214,
oficina 402, Antofagasta, representación Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, gerente
Diego Patricio Masola, domiciliados Costanera Sur 2710 Torre A piso 23, Las Condes: En
representación invocada entabla demanda contra Andrés Giancarlo Barraza Mera, ingeniero,
RUT. 16.467.245-K, domiciliado Santiago Arata Block Condominio PO 4083, departamento 31,
Arica: I. Mutuo Hipotecario 1°.- Por escritura Pública 14 octubre 2020, autorizada por Javiera
Barrera, suplente Nicolás Arrieta, quien fuera notario titular Antofagasta, demandado celebró
contrato compraventa mutuo e hipoteca por el que Scotiabank Chile dio en préstamo UF. 2.817.-
Asimismo, dio en préstamo UF. 3,2649, que se aplicaría al pago primas de seguros periodo
gracia. Deudora se obligó a pagar UF. 2817, más monto primas seguros, más monto
capitalización de intereses devengados durante periodo gracia, ascendentes a UF. 16,2836, de
manera que obligación correspondería a UF. 2.836,5484, que se obligó a pagar en plazo 357
cuotas mensuales, por igual número dividendos mensuales y vencidos que comprenderían capital
e intereses, cada uno vencimiento día cinco cada mes, con tasa interés real, anual y vencido del
2,3% anual. Intereses y reajustes se devengaría desde día inicio de obligación. 2°.- Obligaciones
tendrían carácter indivisibles. 3°.- Cuota mensual debería ser pagada en dinero, por valor en
pesos moneda corriente de Unidad Fomento a fecha de pago efectivo. En evento que deudora no
pagare cualquier cuota en día de vencimiento, devengaría interés penal igual al máximo
convencional fijado por autoridad durante tiempo de mora o simple retardo. Incumplimiento
facultaría al Banco para hacer exigibles obligaciones que deudor mantenga. 4°.- A fin garantizar
obligaciones Andrés Giancarlo Barraza Mera constituyó primera hipoteca a favor Scotiabank
Chile, sobre inmueble ubicado Antofagasta, departamento 2403, vigésimo cuarto piso Torre Sur,
bodega 425, y estacionamiento 3119, ambos ubicados nivel subterráneo menos tres, Condominio
Edificio Torres Nueva Costanera, ingreso por Avenida Edmundo Pérez Zújovic 5134,
Antofagasta, inscritos Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces Antofagasta fojas 1216 N°
1689 año 2021. Primera hipoteca, fojas 1029 N° 1038 Registro Hipotecas y Gravámenes referido
Conservador año 2021. Prohibición enajenar, prometer enajenar, gravar, constituir derechos
reales o personales, subdividir, ni arrendar o subarrendar inscritas fojas 984 N° 1217 Registro
Prohibiciones e Interdicciones citado Conservador y año. 5°.- Cláusula vigésima, Banco podría
exigir anticipadamente pago totalidad del mutuo, considerar vencido plazo de deuda y exigir
inmediato pago de suma a que esté reducida, más reajustes, intereses, costas y gastos entre otra,
por causales: a) si retarda pago dividendo más de treinta días corridos; letra f) si deudor cayere
en insolvencia; g) si deudora dejare de pagar cualquier obligación con el Banco, causales que
concurren. 6°.- Representado ejerce derecho exigibilidad anticipada saldo deuda, a contar cuota
vencimiento 5 febrero 2025, fecha mora, esto es UF. 2564,5542 equivalentes moneda nacional al
9 octubre 2025 a $101.263.090.- según cronograma plan pagos. Deben agregarse intereses
penales y costas. II. Representado dueño Pagaré operación 710155982657, 7 agosto 2025 por
$1.817.323 que demandado reconoce deber y se obliga a pagar vista y orden Scotiabank Chile.
Devengaría desde suscripción y hasta día pago efectivo, tasa interés máxima convencional fijada
mensualmente por autoridad, a menos que la que rija hasta pago sea superior. Pago obligación
tiene carácter indivisible. Liberó al tenedor de obligación protesto. Demandado en mora en
cumplimiento y adeuda $1.817.323.- intereses y costas. Por Tanto, Ruego A Us.: Tener por
interpuesta demanda ejecutiva contra Andrés Giancarlo Barraza Mera, y despachar
mandamiento. Primer Otrosí: Acompaña: 1.- Copia escritura pública compraventa mutuo e
hipoteca. 2.- Cronograma plan pagos. 3.- Certificados Hipotecas, gravámenes, y copia
inscripción. 4.- Pagaré 710155982657. 5.- recibo contrato cuenta corriente. 6.- Contrato Único
cliente. 7.- escritura pública personería Marjorie Leyton. Segundo Otrosí: Señala bienes
embargo. Tercer Otrosí: Personería. Cuarto Otrosí: Patrocinio. Quinto Otrosí: Notificación.
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