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Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, en causa RIT T-1053-2024, RUC 24-4-0613194-3, caratulada VERGARA/HEAVYTRANS SPA, se ha ordenado notificar a la demandada “HEAVY TRANS-SPA, Rut: 76

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NOTIFICACIÓN Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, en causa RIT T-1053-2024, RUC 24-4-0613194-3, caratulada VERGARA/HEAVYTRANS SPA, se ha ordenado notificar a la demandada “HEAVY TRANS-SPA, Rut: 76.950.084- 7, representada legalmente por don GUSTAVO ANTONIO HERRERA PEÑA”, mediante aviso que se publicará en el Diario Oficial, conforme lo dispone el artículo 439 del Código del Trabajo respecto de la siguiente demanda extractada: CAROLINA CAMPOS BENYEMAN, Abogada, cédula de identidad 16.436.632-4 y RODRIGO LEYTON SILVA, Abogado, cédula de identidad 16.163.021-7, quienes actúan en nombre y representación de doña CAROL ANGELICA VERGARA ITURRY, colombiana, cédula de identidad 24.522.696-9, todos domiciliados en calle Baquedano 239, oficina 310, Antofagasta, a SS., respetuosamente digo y expongo: Que, por este acto y conforme lo dispuesto en el artículo 171 y 489 del Código del Trabajo vengo en interponer DENUNCIA POR VULNERACION A DERECHOS FUNDAMENTALES POR VULNERACION A LA INTEGRIDAD PSICOLOGICA CONTRARIO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 19 N° 1 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA, DESPIDO INDIRECTO O AUTO DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES LABORALES, en contra de HEAVY TRANS-SPA, rol único tributario 76.950.084-7, representada legalmente por GUSTAVO ANTONIO HERRERA PEÑA, cédula de identidad 14.468.817-1, domiciliados en calle Pedro Ona número 91, Block E, de la Región Metropolitana, de acuerdo a los argumentos de hecho y de derecho que paso a exponer: ARGUMENTOS DE HECHO. ANTECEDENTES DE LA RELACION LABORAL 1.-Inicio de la Relación Laboral: Según consta en su contrato de trabajo mi representada inició relación laboral con su empleador con fecha 01 de agosto del año 2019.- 2.-Funciones para el cual fue contratada: Que, mi representada fue contratada para desarrollar funciones de vendedora. 3.-Lugar de prestación de los servicios: Que, según su contrato de trabajo, los servicios de mi representada se desarrollarían en las dependencias de Heavy TransSpa, ubicada en Avenida Ruta Calle el oro 8046, Antofagasta. 4.-Jornada de Trabajo: Dada la naturaleza de los servicios para lo cual fue contratada, aquella estaba sujeta a lo dispuesto en el artículo 22 del Código del Trabajo. 5.-Remuneración: Que, según un calculo de sus ultimas 3 liquidaciones de sueldo correspondiente a mayo, junio y julio del año 2024, mi representada tenía una remuneración imponible correspondiente a $1.968.387, la que deberá ser utilizada para los efectos establecidos en el artículo 172 del Código del Trabajo. DEL TERMINO DE LA RELACION LABORAL, DESPIDO INDIRECTO O AUTO DESPIDO Que, mi representada con fecha 27 de agosto del presente año, puso termino a su relación laboral conforme el artículo 171 del Código del Trabajo, es decir por despido indirecto o auto despido, fundamentado en lo dispuesto en el artículo 160 n ° 7 del Código del Trabajo “Incumplimiento Grave de las Obligaciones que Impone el Contrato” PETICIONES CONCRETAS Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, solicito a SS., que se restablezca el derecho a fundamental de mi representada que ha sido lesionado en cuanto a su Derecho a la Integridad Psicológica, conforme lo dispuesto en el artículo 1 inciso I, artículo 19 n ° 1 de la Constitución Política de la República, Artículo 2, 5 y 184 del Código del Trabajo, y se condene al demandado a las prestaciones e indemnizaciones, contenidas en el artículo 489 del Código del Trabajo: INDEMNIZACION POR AÑOS DE SERVICIO (5 AÑOS Y 26 DIAS) $9.841.935 INDEMNIZACION SUSTITUTIVA AVISO PREVIO $1.968.387 VACACIONES LEGALES (1 PERIODO) $1.377.852 VACACIONES PROPORCIONALES (1,08342) $71.085 RECARGO LEGAL CONFORME EL ARTICULO 171 CT $4.920.967 INDEMNIZACION ESPECIAL CONFORME EL INCISO III DEL ARTICULO 489 $21.652.257 DAÑO MORAL $10.000.000 INTERESES, REAJUSTES Y COSTAS ARTICULO 63 Y 173 CT TOTAL $49.832.483 POR TANTO, Conforme lo establecido en el artículo 2, 5, 184, 489 y siguientes del Código del Trabajo, artículo 19 n° 1 de la Constitución Política de la República y demás normas procesales pertinentes: RUEGO A SS., tener por interpuesta, DENUNCIA POR VULNERACION A Sitio Web: www.diarioficial.cl DERECHOS FUNDAMENTALES CON OCASIÓN DEL DESPIDO, en contra de HEAVY TRANS-SPA, ya individualizada, acogerla a tramitación, declarando que: 1.-Que, se ha lesionado el derecho a la integridad psicológica de mi representada, consagrada en el artículo 19

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POR VULNERACION A DERECHOS FUNDAMENTALES POR VULNERACION A LA