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Rodrigo Andrés Matus Órdenes, R

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NOTIFICACIÓN Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en causa RIT O-153-2026, RUC 26-4-0758129-5, caratulada “AYALA / MATUS Y OTRAS”, se ordenó notificar por aviso al demandado RODRIGO ANDRÉS MATUS ÓRDENES, RUT N° 16.486.294-1, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, de la demanda y su proveído presentada conforme al procedimiento ordinario laboral deducida con fecha 5 de febrero de 2026, por el demandante don NELSON CRISTIÁN AYALA GONZÁLEZ, C.I. N° 8.747.533-6, que demandan por despido injustificado y cobro de prestaciones, a razón de: 1. Indemnización por años de servicio $3.367.015.- 2. Recargo legal Art. 168 del 80% $2.693.612.- 3. Indemnización por falta de aviso previo Art. 162 $673.403.- 4. Feriado legal y proporcional adeudado: $650.282.- 5. Remuneraciones pendientes: $134.6805.- 6. Reajustes e intereses. 7. Costas. Con fecha 24 de febrero de 2026, el Tribunal resuelve; Proveyendo derechamente la demanda de autos: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general por despido improcedente, indebido o injustificado, y cobro de prestaciones laborales. Traslado. Cítase a las partes a audiencia preparatoria, para el día 15 de junio de 2026, a las 10:00 horas, la que se realizará bajo la modalidad de videoconferencia en plataforma Zoom. La ID de la reunión será enviada a los correos electrónicos de los apoderados con la debida antelación. En esta audiencia las partes deberán concurrir con patrocinio de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión y señalar todos los medios de prueba que pretendan hacer valer en la audiencia de juicio, como así también requerir las diligencias de prueba atinentes a sus alegaciones, a fin de examinar su admisibilidad. Para velar por la continuidad de la audiencia, las partes deberán presentar por Oficina Judicial Virtual, con tres días de antelación a la audiencia fijada, la prueba documental debidamente digitalizada, como, asimismo, remitir minuta de toda la prueba que será ofrecida, al correo electrónico institucional jlabvalparaiso@pjud.cl, en formato Word. Las demandadas deberán contestar la demanda por escrito, con a lo menos cinco días hábiles completos de antelación, a la fecha de celebración de la audiencia preparatoria, la que tendrá lugar con las partes que asistan, afectándole a aquella que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. Al primer otrosí: Téngase presente. Regístrense las casillas de correo electrónico señaladas, en cuanto a la forma de notificación solicitada, como se pide, respecto de las resoluciones que se deban notificar personalmente, por cédula o por carta certificada. Al segundo otrosí: Téngase presente patrocinio y poder. Al tercer otrosí: Téngase por adjuntas copias digitales de los documentos. Ofrézcanse e incorpórense en la oportunidad procesal correspondiente. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 446 inciso final del Código del Trabajo, indíquese las instituciones de seguridad social a las que está afiliado el demandante. Notifíquese a las demandadas RODRIGO ANDRÉS MATUS ÓRDENES e ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR, personalmente o en conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, por el Centro Integrado de Notificaciones Judiciales de Valparaíso, debiendo efectuarse la notificación con a lo menos 15 días de antelación a la fecha de la audiencia decretada. En el evento que el domicilio corresponda a una zona de riesgo, se autoriza desde ya, a que la presente notificación sea realizada en la forma señalada precedentemente, por funcionario de Carabineros de Chile. Con fecha 20 de mayo de 2026, el Tribunal resuelve; Atendida la notificación fallida de autos, déjese sin efecto la audiencia programada en estos antecedentes. Con fecha 22 de mayo de 2026, la parte demandante solicita notificación por aviso. Con fecha 26 de mayo de 2026, el Tribunal resuelve; Atendido el mérito de los antecedentes, en especial el domicilio informado por las instituciones requeridas, las diligencias de notificación fallida practicadas, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 436 del Código del Trabajo, como se pide, se cita a las partes a audiencia preparatoria para el día 8 de septiembre del año 2026, a las 10:00 horas, bajo la modalidad de videoconferencia en plataforma Zoom. La ID de la reunión será enviada a los correos

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