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Rodrigo Andrés Matus Órdenes, R
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NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en causa RIT O-153-2026, RUC
26-4-0758129-5, caratulada “AYALA / MATUS Y OTRAS”, se ordenó notificar por aviso al
demandado RODRIGO ANDRÉS MATUS ÓRDENES, RUT N° 16.486.294-1, en conformidad
a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, de la demanda y su proveído presentada
conforme al procedimiento ordinario laboral deducida con fecha 5 de febrero de 2026, por el
demandante don NELSON CRISTIÁN AYALA GONZÁLEZ, C.I. N° 8.747.533-6, que
demandan por despido injustificado y cobro de prestaciones, a razón de: 1. Indemnización por
años de servicio $3.367.015.- 2. Recargo legal Art. 168 del 80% $2.693.612.- 3. Indemnización
por falta de aviso previo Art. 162 $673.403.- 4. Feriado legal y proporcional adeudado:
$650.282.- 5. Remuneraciones pendientes: $134.6805.- 6. Reajustes e intereses. 7. Costas. Con
fecha 24 de febrero de 2026, el Tribunal resuelve; Proveyendo derechamente la demanda de
autos: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general
por despido improcedente, indebido o injustificado, y cobro de prestaciones laborales. Traslado.
Cítase a las partes a audiencia preparatoria, para el día 15 de junio de 2026, a las 10:00 horas, la
que se realizará bajo la modalidad de videoconferencia en plataforma Zoom. La ID de la reunión
será enviada a los correos electrónicos de los apoderados con la debida antelación. En esta
audiencia las partes deberán concurrir con patrocinio de abogado habilitado para el ejercicio de
la profesión y señalar todos los medios de prueba que pretendan hacer valer en la audiencia de
juicio, como así también requerir las diligencias de prueba atinentes a sus alegaciones, a fin de
examinar su admisibilidad. Para velar por la continuidad de la audiencia, las partes deberán
presentar por Oficina Judicial Virtual, con tres días de antelación a la audiencia fijada, la prueba
documental debidamente digitalizada, como, asimismo, remitir minuta de toda la prueba que será
ofrecida, al correo electrónico institucional jlabvalparaiso@pjud.cl, en formato Word. Las
demandadas deberán contestar la demanda por escrito, con a lo menos cinco días hábiles
completos de antelación, a la fecha de celebración de la audiencia preparatoria, la que tendrá
lugar con las partes que asistan, afectándole a aquella que no concurra todas las resoluciones que
se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. Al primer otrosí: Téngase presente.
Regístrense las casillas de correo electrónico señaladas, en cuanto a la forma de notificación
solicitada, como se pide, respecto de las resoluciones que se deban notificar personalmente, por
cédula o por carta certificada. Al segundo otrosí: Téngase presente patrocinio y poder. Al tercer
otrosí: Téngase por adjuntas copias digitales de los documentos. Ofrézcanse e incorpórense en la
oportunidad procesal correspondiente. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
446 inciso final del Código del Trabajo, indíquese las instituciones de seguridad social a las que
está afiliado el demandante. Notifíquese a las demandadas RODRIGO ANDRÉS MATUS
ÓRDENES e ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR, personalmente o en
conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, por el Centro Integrado de
Notificaciones Judiciales de Valparaíso, debiendo efectuarse la notificación con a lo menos 15
días de antelación a la fecha de la audiencia decretada. En el evento que el domicilio corresponda
a una zona de riesgo, se autoriza desde ya, a que la presente notificación sea realizada en la
forma señalada precedentemente, por funcionario de Carabineros de Chile. Con fecha 20 de
mayo de 2026, el Tribunal resuelve; Atendida la notificación fallida de autos, déjese sin efecto la
audiencia programada en estos antecedentes. Con fecha 22 de mayo de 2026, la parte
demandante solicita notificación por aviso. Con fecha 26 de mayo de 2026, el Tribunal resuelve;
Atendido el mérito de los antecedentes, en especial el domicilio informado por las instituciones
requeridas, las diligencias de notificación fallida practicadas, teniendo presente lo dispuesto en el
artículo 436 del Código del Trabajo, como se pide, se cita a las partes a audiencia preparatoria
para el día 8 de septiembre del año 2026, a las 10:00 horas, bajo la modalidad de
videoconferencia en plataforma Zoom. La ID de la reunión será enviada a los correos
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