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Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Antofagasta, de la ciudad de Antofagasta, en causa RIT: C-595-2021 RUC: 21- 4-0329516-4, caratulada “Di Marco/ONYX Solutions SP”, se ha ordenado no
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NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Antofagasta, de la ciudad de
Antofagasta, en causa RIT: C-595-2021 RUC: 21- 4-0329516-4, caratulada “Di Marco/ONYX
Solutions SP”, se ha ordenado notificar mandamiento de ejecución y embargo, liquidación de
créditos y sus proveídos por aviso a la ejecutada ONYX Solutions SpA, RUT Nº 77.083.948-3,
persona jurídica representada por Byron Eduardo Díaz Maya, mediante aviso que deberá ser
publicado en el Diario Oficial, conforme lo dispone el artículo 439 del Código del Trabajo:
Antofagasta, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno. Por recibidos los antecedentes.
Conforme lo prescribe el artículo 466 inciso segundo del Código del Trabajo, pasen los
antecedentes para la liquidación correspondiente. RIT C-595-2021 RUC 21-4-0329516-4.
Proveyó don Carlos Eduardo Campillay Robledo, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral
y Previsional de Antofagasta, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Antofagasta, a
diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario y correo electrónico
la resolución precedente. Antofagasta, veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno. Póngase en
conocimiento del ejecutado la liquidación practicada en estos autos. Téngasela por aprobada, si
no fuera objetada dentro de quinto día hábil de notificado. De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 466 del Código del Trabajo, requiérase a Byron Eduardo Díaz Maya en representación
de ONYX Solutions SpA, para que pague la suma de $17.145.036.- más la cantidad de
$200.000.- por concepto de costas personales, dentro de quinto día hábil de notificado, en caso
contrario el Ministro de Fe designado por el Tribunal procederá a trabar embargo sobre bienes
suficientes del ejecutado para el cumplimiento íntegro de la obligación. Ofíciese a la Tesorería
General de la República, para los efectos de proceder a la retención a que se refiere el artículo
467 del Código del Trabajo. Notifíquese a las partes por carta certificada la liquidación
conjuntamente con el requerimiento de pago y al abogado de la parte demandante vía correo
electrónico. RIT C-595-2021 RUC 21-4-0329516-4. Proveyó, don Ricardo Alveal Venegas, Juez
Suplente del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Antofagasta. En Antofagasta, a
veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario y correo electrónico
la resolución precedente. Solicitud Que Se Indica SJL del Trabajo de Antofagasta Ana Rojas
Sandoval, Abogada de la parte demandante en causa RIT C-595-2021, caratulados en autos “Di
Marco/ONYX Solutions SpA”, seguidos ante vuestro tribunal, a SS. con el debido respeto digo:
Que, por intermedio de este acto SS., y en virtud que respecto del demandado ONYX Solutions
SpA, RUT 77.083.948-3, representada
legalmente por don Byron Díaz Maya, RUT
15.018.940-3, fueron buscados en distintos domicilios, resultando las notificaciones fallida, a
pesar de haberse requerido información del sistema integrado del Servicio de Servicio de
Impuestos Internos, Tesorería General de la República, todo con el fin de realizar la notificación
encomendada de la causa en comento, es por esto que esta parte no contando con nuevos
domicilios y ante la imposibilidad de llevar a efecto la notificación de los demandados es que
vengo en solicitar a S.S., se sirva decretar que se notifique al demandado individualizado
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mediante aviso publicado por una sola vez en el Diario Oficial. Por tanto, solicito SS. se acceda a
lo solicitado. Antofagasta, veintiséis de marzo de dos mil veintiséis. Como se pide, constando
imposibilidad de notificar a la demandada ONYX Solutions SpA, RUT Nº 77.083 .948-3,
persona jurídica representada por Byron Eduardo Díaz Maya, en los domicilios conocidos y
conforme dispone el artículo 439 del Código del Trabajo, practíquese notificación por avisos
publicando por una sola vez en el Diario Oficial u otro medio de circulación nacional, de
conformidad con extracto emanado del tribunal. Hecho, dese cuenta inmediata. RIT C-595-2021
RUC 21-4-0329516-4. En Antofagasta, a veintiséis de marzo de dos mil veintiséis, se notificó
por el estado diario y correo electrónico la resolución precedente. Autoriza doña Sandra Paola
Monsalve Sánchez, Jefa de Unidad de Causas (S) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional
de Antofagasta.
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