Red Judicial
Volver al inicio
Diario Oficial· publicaciones_judiciales

25-4- 0699032-2, Autos Rit: M-3704-2025, Ruc: Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, Merced 360 Santiago. en Caratulados Flores/mancilla, Se Ha Ordenado Notificar por Avisos Lo Siguiente:

Fecha del documento:

Texto del documento

NOTIFICACIÓN 25-4- 0699032-2, autos RIT: M-3704-2025, RUC: SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO, Merced 360 Santiago. En caratulados FLORES/MANCILLA, se ha ordenado notificar por avisos lo siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: MARTHA HELENA FLORES RODRIGUEZ, C.I. 14.707.712-2, nacionalidad peruana, desempleada, con domicilio en JOSE JOAQUIN PEREZ N°8422, COMUNA DE PUDAHUEL, Región Metropolitana, a S.S respetuosamente digo: Vengo en interponer demanda laboral conforme al PROCEDIMIENTO MONITORIO, por reconocimiento de la relación laboral, despido verbal, injustificado, improcedente e indebido, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de mi ex empleador, CARLA DANIELA MANCILLA ZENTENO, chilena, ignoro profesión u oficio, cedula de identidad N.º 17.408.981-7, en contra de CLAUDIA ANDREA MANCILLA ZENTENO, chilena, ignoro profesión u oficio, cedula de identidad Nº 15.002.102-2, y en contra de JORGE JUAN MANCILL DONOSO, chileno, ignoro profesión u oficio, cedula de identidad Nº 6.937.436-0, todos con domicilio en ISABEL DE CASTILLA N°0101, COMUNA DE ESTACION CENTRAL, en calidad co empleadores, por las razones de hecho y de derecho que a continuación expongo: Con fecha 25 DE JULIO DEL 2024, comencé a prestar servicios, para el demandada CARLA DANIELA MANCILLA ZENTENO, para doña CLAUDIA ANDREA MANCILLA ZENTENO y para don JORGE JUAN MANCILLA DONOSO, en su casa particular, ubicada en ISABEL DE CASTILLA N°0101, COMUNA DE ESTACION CENTRAL, como “TRABAJADORA DE CASA PARTICULAR Y CUIDADORA DE ADULTO MAYOR”. En cuanto a mi jornada de trabajo, esta se encontraba distribuida de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 hrs. En cuanto a mi función, esta era de “TRABAJADORA DE CASA PARTICULAR Y CUIDADORA DE ADULTO MAYOR”, el Adulto mayor era don JORGE JUAN MANCILLA DONOSO. En mis funciones yo recibía instrucciones y ordenes eran impartidas por CARLA DANIELA MANCILLA ZENTENO, y por doña CLAUDIA ANDREA MANCILLA ZENTENO, quienes en todo momento me señalaron expresamente que todas las decisiones respecto de mi trabajo, mis funciones y pagos los hacían ellas en conjunto, pues el adulto mayor a quien yo cuidaba era su padre. Cabe hacer presente que yo recibía los pago mediante transferencias electrónicas por parte de don JORGE JUAN MANCILLA DONOSO, la oportunidad procesal correspondiente. Para contextualizar debo hacer presente que yo conocí a doña Claudia Mancilla Donoso en el Banco donde yo trabajaba, en una oportunidad ella se me acerca y me comienza a conversar donde me señala que se encontraba buscando a una persona que cuidara a su padre, que lo ayudara a bañarse y se preocupara de sus necesidades y además de los quehaceres del hogar. A mí me pareció una buena oportunidad de trabajo, pues me dijo que pagarían 35.000 pesos diarios, sería con contrato y que además se pagarían las cotizaciones, todo como correspondía. Quedamos en que me llamaría para que yo hablara también con su hermana Daniela quien me entrevistaría. Cuando ella me entrevistó me preguntó si yo podía trabajar con boletas de honorarios y le señalé que no me acomodaba, pues yo prefería trabajar con contrato de trabajo para que me pagaran las cotizaciones, y en eso quedamos. Se supone que yo firmaría contrato y que me pagarían las cotizaciones, pero eso nunca ocurrió. A como fue acordado, no obstante, nunca se me pagó las cotizaciones, desde el 25 de julio del año 2024 hasta el último día trabajado que fue el 18 de abril, y hasta la fecha de la presentación de esta demanda no se ha enterado ningún pago por concepto de cotizaciones de seguridad social, ni de salud, ni del seguro de cesantía. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo mi remuneración era de $1.303.089.- Durante el desarrollo de la relación laboral, debo decir que mi empleador nunca me realizó contrato de trabajo, dejándome, en definitiva, en informalidad laboral, sin el pago de cotizaciones de seguridad social y sin otorgamiento de documentos laborales. Es del caso mencionar que durante todo el tiempo que me desempeñé para mi ahora ex empleador, lo hice de forma correcta tal como se acreditará en Sitio Web: www.diarioficial.cl y responsable, durante todo el desarrollo de la relación laboral. 3.- ANTECEDENTES DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL Reitero que, durante todo el tiempo que preste servicios a mi empleadora siempre fui responsable, jamás me ausentaba, dedicado a mi trabajo,

Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:

Ver documento completo (PDF)

Organismo

VEHI CULOS MOTORIZADOS DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIO