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Ante El Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, Se Ha Presentado Demanda Originando Causa Rit T-1126-2025 Ruc 25- 4-0716616-K Caratulada “ Rios/segrand y Otros,”, Que en Forma Extractada Indica:

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NOTIFICACIÓN Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, se ha presentado demanda originando causa RIT T-1126-2025 RUC 25- 4-0716616-K caratulada “ RIOS/SEGRAND Y OTROS,”, que en forma extractada indica: CARLOS ALBERTO MOREIRA REYES, chileno, abogado, cedula nacional de identidad N°17.213.856-k, con domicilio en Calle Colo Colo N° 379, Oficina N°1902, Concepción, en representación según se acreditará de doña SCARLETT VICTORIA RÍOS TORRES, chileno, técnico en administración de empresas, cédula nacional de identidad número 15.520.055-3, con domicilio para estos efectos en Parques De Carriel N° 5580, Casa N° 56, Comuna De Talcahuano, Región del Biobío a US., con el debido respeto digo: Que, en tiempo y forma, denuncio en Procedimiento de Tutela Laboral de derechos fundamentales con ocasión del despido, declaración de reconocimiento de relación laboral, nulidad del despido, declaración unidad de empresa, y cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales, a los co exempleadores de autos, SEGRAND LIMITADA, Rol único tributario N° 77.348.730-8, AUTOMOTRIZ FIXCAR LIMITADA, rol único tributario N° 76.429.435-1, GRANDÓN E HIJOS LTDA., rol único tributario N° 77.348.730-8, SEGRAND LTDA; rol único tributario N° 96.501.450-1, todas representadas legalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º inciso 1º del Código del Trabajo, por don JORGE ROLANDO GRANDÓN GONZÁLEZ, con domicilio en calle Juan de Dios Rivera N°590, Modulo N° 21 Concepción , Region del Biobío, o por quién haga las veces de tal en irtud de dicho artículo, MACARENA INÉS GRANDÓN MONSALVE, chilena, trabajadora, cédula nacional de identidad número 18.146.084-9, con domicilio para estos efectos en calle Jaime Repullo N° 2732, Comuna De Talcahuano, Región del Biobío, NICOLÁS ROLANDO GRANDÓN MOLSALVE, chileno, trabajador, cédula nacional de identidad N° 17.045.103-1, con domicilio para estos efectos en Calle N° 1195, Condominio Los Abedules Casa N° 37, Brisas Del Sol, Talcahuano, Región del Biobío, JORGE ROLANDO GRANDÓN GONZÁLEZ, chileno, trabajador, cédula nacional de identidad N°8.425.856-3, con domicilio para estos efectos en calle Las Azucenaas N° 5134, Los Condores, Comuna de Talcahuano, Región del Biobío, en virtud de las consideraciones de hecho y fundamentos de derecho que a continuación expongo: I. ANTECEDENTES DE HECHO: 1.- Antecedentes de la relación laboral: 1. En el año 2005 la trabajadora inició su vínculo laboral en la empresa Segrand Ltda., RUT 77.348.730-8, ubicada en Freire 1578 de la ciudad de Concepción, en el marco de su formación dual mientras cursaba cuarto medio. Posteriormente, en el año 2006, realizó en la misma empresa su práctica profesional, tras lo cual fue contratada para continuar prestando servicios hasta el año 2015, aunque en determinados periodos sin contrato laboral formal. En esta primera etapa, desempeñó funciones de carácter administrativo y técnico, consistentes en la evaluación de daños, inspección de vehículos, cotización de repuestos, control de inventarios, facturación y seguimiento de órdenes de trabajo, constituyéndose en un apoyo directo a la gestión del taller. 2. En el año 2014, a raíz de los conflictos societarios que enfrentaba Rolando Grandón con un antiguo socio, se constituyó la sociedad Automotriz Fixcar Ltda., RUT 76.429.435-1, bajo el nombre de fantasía Segrand Ltda. En esta nueva entidad, la trabajadora asumió la representación legal, toda vez que Rolando mantenía vínculos con la sociedad anterior y no podía figurar formalmente. En tal contexto, sus funciones no se limitaron al ámbito operativo, sino que se extendieron a labores de gestión administrativa y representación jurídica de la sociedad, asegurando la continuidad de la actividad comercial. Posteriormente, en octubre de 2015, tras un finiquito ficticio con Segrand Ltda., la trabajadora inició contrato laboral con utomotriz Fixcar Ltda., donde además de las labores ya señaladas, debió hacerse cargo de compromisos financieros, tales como créditos de consumo, líneas de crédito y contratos de arrendamiento, todo ello con el conocimiento de Rolando Grandón y sus hijos. 3. Finalmente, desde junio de 2024, la trabajadora pasó a desempeñarse en la sociedad Grandón e Hijos Ltda., RUT 77.862.505-9, representada formalmente por Nicolás y Macarena Grandón Monsalve, aunque bajo la dirección efectiva de Rolando Grandón. En esta empresa asumió el cargo de Sitio Web: www.diarioficial.cl

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DESPIDO EN CONJUNTO CON EL DESPIDO IMPROCEDENTE Y COBRO DE