Diario Oficial· normas_generales
Modifica Resolución Ministerial N° 3 Exenta, de 2023, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo en el Sentido Que Indica Núm. Rmex202600072.- S
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 22 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño
MODIFICA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 3 EXENTA, DE 2023, DEL
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO EN EL SENTIDO QUE
INDICA
Núm. RMEX202600072.- Santiago, 8 de mayo de 2026.
(Resolución)
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 20.267, que crea el Sistema Nacional de Certificación de
Competencias Laborales y perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo; en el decreto con
fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija
el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de
Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto N° 747, de 1953, del entonces
Ministerio de Economía; en el decreto N° 137, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión
Social, que establece el reglamento que regula la Comisión del Sistema Nacional de
Certificación de Competencias Laborales; en la resolución ministerial exenta N° 3, modificada
por la resolución ministerial exenta folio RMEX202300144, ambas de 2023 y por la resolución
ministerial exenta folio RMEX202500003, de 2025 del Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo; en el decreto TRA N° 119247/3/2026, de 1 de abril de 2026, del Ministerio de
Economía, Fomento y Turismo y en la resolución N° 36, de 2025, de la Contraloría General de la
República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que, la ley N° 20.267 creó el Sistema Nacional de Certificación de Competencias
Laborales, que tiene por objeto el reconocimiento formal de las competencias laborales de las
personas, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridas y de si tienen o no un
título o grado académico otorgado por la enseñanza formal de conformidad a las disposiciones de
la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza; así como favorecer las oportunidades
de aprendizaje continuo de las personas, su reconocimiento y valorización.
2. Que, el artículo 3° de la mencionada ley, creó la Comisión del Sistema Nacional de
Certificación de Competencias Laborales, la que tiene personalidad jurídica y patrimonio propio,
que se relaciona con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social, y cuya función consiste en la implementación de las acciones reguladas en
dicha ley.
3. Que, conforme a lo establecido en la letra b) del artículo 5° de la misma norma, la
Comisión estará integrada por nueve miembros que tengan reconocida calidad técnica en el
ámbito de las competencias laborales, siendo uno de ellos designado por el Ministro de
Economía, Fomento y Turismo.
4. Que, el artículo 11 del decreto N° 137, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión
Social, que establece el reglamento que regula la Comisión del Sistema Nacional de
Certificación de Competencias Laborales de la ley N° 20.267, señala que las renovaciones de los
integrantes de la mencionada Comisión se realizarán cada dos años, y afectarán a los miembros
que hayan completado un periodo de 4 años en sus cargos.
5. Que, mediante resolución ministerial exenta N° 3, del 30 de junio de 2023, el Ministerio
de Economía, Fomento y Turismo, designó como representante ante la Comisión a doña Javiera
Sitio Web: www.diarioficial.cl
lbacache Jara, cuya designación comprendía el período desde el 2 de julio de 2023 y hasta el 2 de
julio de 2027.
6. Que, a su vez, dicha resolución fue modificada por la resolución folio RMEX202300144,
de 27 de septiembre de 2023, en el sentido de designar como representante del Ministerio a doña
Paulina Peña Romero, por el mismo período indicado en el considerando anterior.
7. Que, por medio de resolución ministerial exenta folio RMEX202500003, de 2025, del
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo se modificó, nuevamente, la resolución ministerial
exenta N° 3, de 2023, designando a don Rubén González Serrano en reemplazo de doña Paulina
Peña Romero.
8. Que don Rubén González Serrano ya no presta servicios en esta repartición ministerial,
por lo que corresponde realizar un nuevo nombramiento de representante ante la citada
Comisión, atendido lo cual se ha resuelto designar a don Gabriel Cestau Oliveri en reemplazo de
don Rubén González Serrano.
9. Que, el Sr. Cestau Oliveri posee el título de Licenciado en Economía, obtenido el 12 de
mayo de 2002 en Uruguay, el cual fue reconocido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
Ver documento completo (PDF)