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Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Control y Erradicación de la Mosca del Mediterráneo (ceratitis Capitata
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 22 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Valparaíso
ESTABLECE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y
ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA
W.) EN SECTOR ACHUPALLAS, VIÑA DEL MAR, REGIÓN DE VALPARAÍSO, 7,2
KM
Núm. 1.198 exenta.- Quillota, 27 de mayo de 2026.
(Resolución)
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de la República; el decreto
con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880, sobre Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado; la ley Nº 18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto
ley Nº 3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola y sus posteriores
modificaciones; la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta Nº 3.513, de 1995, de
la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que declara a Chile como país libre de
Ceratitis capitata (Wied), y sus modificaciones posteriores; las resoluciones exentas Nº 1.909 de
2024 y Nº 4.030 de 2026, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que
declara emergencia de la situación que indica, y las facultades que invisto como Director
Regional Subrogante del Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Valparaíso, conforme a
la resolución exenta RA Nº 240/697/2026, de fecha 20 de abril de 2026, de la Dirección Nacional
del Servicio.
Considerando:
1. Que, mediante la resolución exenta Nº 3.513, de fecha 7 de diciembre del año 1995, se
declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales, conocida como "Mosca del
Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied).
2. Que, con fecha 23 de mayo de 2026, se ha detectado la presencia de un ejemplar macho
juvenil de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied) en el área urbana del Sector
Achupallas, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso.
3. Que, con fecha 25 de mayo de 2026, se ha detectado la presencia de un segundo ejemplar,
macho juvenil, del insecto correspondiente a la plaga, señalada precedentemente, en el área, lo
que originó un brote.
4. Que para el caso de la plaga "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied) el área
reglamentada del brote corresponde a la superficie cubierta por un radio de 7,2 km. alrededor de
las detecciones.
5. Que, en virtud de lo señalado precedentemente, corresponde considerar un polígono de
29 vértices, cuyo radio comprende parcialmente, en la Región de Valparaíso, las comunas de
Viña del Mar, Concón y Quilpué.
6. Que, las motivaciones ya señaladas, constituyen causa suficiente del presente acto.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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