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Diario Oficial· normas_generales

Prohíbe Circulación de Vehículos Motorizados, en Tramo y Vía Que Indica de la Comuna de Vallenar, Región de Atacama

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 23 de junio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, EN TRAMO Y VÍA QUE INDICA DE LA COMUNA DE VALLENAR, REGIÓN DE ATACAMA (Resolución) Núm. 265 exenta.- Copiapó, 2 de junio de 2026. Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; en los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en las resoluciones N° 39, de 1992 y N° 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la solicitud de prohibición de circulación de vehículos, de fecha 19 de mayo de 2026, y antecedentes presentados por don Antonio Pardo Kallens, en representación de la “Sociedad Inmobiliaria Copayapu Limitada”; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa vigente que resulte aplicable. Considerando: 1. Que, a través de formularios (03), de solicitud de “Prohibición de Circulación Vehicular” de fecha 19 de mayo de 2026, presentados en la Secretaría Regional Ministerial de la Región de Atacama, por don Antonio Pardo Kallens, en representación de la “Sociedad Inmobiliaria Copayapu Limitada” RUT: 78.703.960-K, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, en el contexto de la ejecución de las obras de “Refuerzo de Colector”, correspondiente al proyecto “Paralelismos Ruta URB C-527, Vallenar” la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en todo horario, en vías de la comuna de Vallenar de acuerdo a la siguiente tabla: N° Calle/Avda./ Ruta a suspender Comuna TRAMO Desde (calle/Avda./ Km.) Hasta (calle/Avda./ Km.) PERIODO DE INTERVENCIÓN CALZADA Inicio (dd-mm-aa) Término (dd-mm-aa) Media Completa 1 2 3 Brasil Vallenar Ochandía Sargento Aldea Sargento Aldea Vallenar Coquimbo Vallenar Aconcagua 14 de julio Desde fecha de publicación en Diario Oficial Valparaíso J.J. Vallejos X 30/07/2026 X X Vías alternativas Ochandía 14 de Julio-Faez 14 de Julio Faez 2. Que, el solicitante funda su requerimiento bajo la presentación de los siguientes antecedentes: a) Plan de Señalización vial. b) Informe favorable N° DTT - C00306 - 2026, de 18 de mayo de 2026, del Director de Tránsito y Transporte Público Municipal de Vallenar. Sitio Web: www.diarioficial.cl c) Acta de entrega de terreno de 13 de mayo de 2026, del Jefe Provincial de Validad de la Provincia del Huasco. d) Mandato especial de parte de la Municipalidad de Vallenar, hacia “Sociedad Inmobiliaria Copayapu Limitada”, de 14 de enero de 2026. 3. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando primero. 4. Que, el DFL N° 1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos N° 107 y N° 113 inciso primero, respectivamente, que: “Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente.” “El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda.". 5. Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES