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Modifica Concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, Que Únicamente Provea Infraestructura Física para Telecomunicaciones, a la Empresa Sites Chile S.a.
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 23 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE
TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA
FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA SITES CHILE S.A.
Santiago, 11 de junio de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 618 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
c) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones.
d) El decreto supremo N° 99, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar
concesiones de servicios
telecomunicaciones que únicamente provean
intermedios de
infraestructura física para telecomunicaciones.
e) El decreto supremo N° 129, de 2013, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
f) La resolución exenta N° 3.774, de 2012, de la Subsecretaría.
g) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija
Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 113.977 de 10.10.2025,
complementado por ingreso Subtel N° 124.732 de 07.11.2025.
b) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 116.822 de 17.10.2025,
complementado por ingreso Subtel N° 127.587 de 14.11.2025.
c) Los solicitado por la interesada mediante ingresos Subtel N° 117.573 de 20.10.2025 y N°
123.483 de 04.11.2025.
d) Lo dispuesto en el artículo 33° de la ley N° 19.880, que permite la acumulación o
desacumulación de procedimientos.
e) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de las solicitudes de
modificación de concesión.
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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