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Inicia Procedimiento de Invalidación del Llamado a Concurso de Ingreso a la Planta del Servicio Local de Educación Pública de Chacabuco, Aprobado por Resolución N° 2.223
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 23 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Dirección de Educación Pública
INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DEL LLAMADO A CONCURSO DE
INGRESO A LA PLANTA DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE
CHACABUCO, APROBADO POR RESOLUCIÓN N° 2.223 EXENTA, DE 2025, DE LA
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Núm. 893 exenta.- Santiago, 12 de junio de 2026.
(Resolución)
Visto:
Lo dispuesto en la Ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la Ley N°
21.796, de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público, para el año 2026; en la ley N°
19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los
Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000,
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre
Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley N° 22, de 2018, que Fija planta de
personal del Servicio Local de Educación Pública de la Región Metropolitana, que comprende
las comunas de Colina, Lampa y Tiltil y otras materias que indica; en el decreto N° 162, de 2022,
del Ministerio de Educación que fija denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio
y calendario de instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de
Educación Pública que indica, y deroga los decretos N°s. 69, 70 y 71 de 2021, todos del
Ministerio de Educación; en la resolución exenta N° 1.699, de 2025, de la Dirección de
Educación Pública, que Delega funciones para
la elaboración y ejecución de actos
administrativos que indica en el Servicio Local de Educación Pública de Chacabuco; en la
resolución exenta N° 2.223, de 2026, de la Dirección de Educación Pública, que aprueba las
bases y los anexos del llamado a concurso de ingreso a la planta del Servicio Local de Educación
Pública de Chacabuco, de conformidad al artículo trigésimo octavo transitorio de la ley N°
21.040; en la resolución exenta N° 558, de 2026, de la Dirección de Educación Pública, que
delega funciones para la elaboración y ejecución de actos administrativos que indica en el
Servicio Local de Educación Pública de Chacabuco; en el ordinario N° 1.388, de 2026, de la
Dirección de Educación Pública; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la
República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y,
Considerando
1. Que, la ley N° 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública (en adelante la "Ley"),
estableció la creación de los Servicios Locales de Educación Pública (en adelante, "Servicio
Local" o "SLEP"), los que, de conformidad con el artículo 16 de la ley, son órganos funcional y
territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propio;
2. Que, a su vez, los Servicios Locales de Educación Pública creados en virtud de la Ley,
tienen por objetivo proveer el servicio educacional a través de los establecimientos educacionales
de su dependencia debiendo orientar su accionar conforme a los principios de la educación
pública;
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3. Que, el servicio está a cargo del Director Ejecutivo, quien es el Jefe Superior del
Servicio, de conformidad a lo establecido en el artículo 21, de la ley N° 21.040, ya
individualizada, y, en tal carácter, le corresponde su dirección y administración;
4. Que, como Jefe Superior del Servicio, le corresponde, entre otras funciones, dirigir,
organizar y administrar su funcionamiento y ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios
para el cumplimiento de sus fines;
5. Que, el decreto N° 162, de 2022, del Ministerio de Educación, que fija denominación,
ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación con las fechas en que
iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica, y deroga los decretos
N°s. 69, 70 y 71 de 2021, todos del Ministerio de Educación, determinó el ámbito de
competencia territorial del Servicio Local de Educación Pública de Chacabuco, que comprende
las comunas de Colina, Lampa y Tiltil, y tendrá su domicilio en la comuna de Colina. A su vez,
la norma citada establece que el Servicio inició sus funciones el día 30 de junio de 2025;
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