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Acepta Renuncia No Voluntaria al Cargo de Superintendenta de Seguridad Social Presentada por Doña Andrea Soto Araya
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 23 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría de Previsión Social
ACEPTA RENUNCIA NO VOLUNTARIA AL CARGO DE SUPERINTENDENTA DE
SEGURIDAD SOCIAL PRESENTADA POR DOÑA ANDREA SOTO ARAYA
Núm. 39.- Santiago, 20 de marzo de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo
texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley Nº 25, de 1959,
del Ministerio de Hacienda, que crea el Ministerio del Trabajo y Previsión Social con dos
Subsecretarías; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica de bases generales de la administración
del Estado; en la ley Nº 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos
que indica, y sus modificaciones posteriores; en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del
Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº
18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2008, del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fija la planta de personal de la Superintendencia
de Seguridad Social; en el decreto Nº 38, de 2026, del Ministerio del Interior, que nombra
Ministros de Estado en las Carteras que indica; en el decreto supremo Nº 70, de 2025, del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que nombra a doña Andrea Soto Araya en el cargo de
Superintendenta de Seguridad Social; en la carta de fecha 19 de marzo de 2026, del Ministerio
del Trabajo y Previsión Social; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la
República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón que indica, y sus
modificaciones posteriores; en la carta de fecha 19 de marzo de 2026, de doña Andrea Soto
Araya; y
Considerando:
1. Que, mediante decreto supremo Nº 70, de fecha 1 de diciembre de 2025, del Ministerio
del Trabajo y Previsión Social, se efectuó el nombramiento de doña Andrea Soto Araya, en el
cargo de Superintendenta de Seguridad Social, en calidad de titular, grado 1º EF, planta directiva
de primer nivel jerárquico de dicha Institución, de acuerdo con la normativa que regula el
Sistema de Alta Dirección Pública, contenida en la ley Nº 19.882.
2. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo quincuagésimo octavo de la ley Nº
19.882, los altos directivos públicos tendrán en materia de remoción la calidad de empleados de
la exclusiva confianza de la autoridad facultada para disponer su nombramiento.
3. Que, asimismo, el artículo trigésimo noveno de la ley Nº 19.882 dispone que, en lo no
previsto por aquella ley y en cuanto no sea contradictorio con la misma, el Sistema de Alta
Dirección Pública se regulará supletoriamente por las normas de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto
Administrativo.
4. Que, por su parte, el artículo 148 del Estatuto Administrativo dispone que, en los cargos
de exclusiva confianza, la remoción se hará efectiva por medio de la petición de renuncia del
Presidente de la República o la autoridad llamada a efectuar el nombramiento.
5. Que, atendida la naturaleza de los cargos adscritos al Sistema de Alta Dirección Pública
en su nivel superior, y en particular aquellos que tienen el carácter de exclusiva confianza de la
autoridad facultada para su nombramiento, la permanencia en dichos cargos se encuentra sujeta a
la mantención de la confianza por parte del Presidente de la República, circunstancia que en la
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especie ha dejado de concurrir respecto de doña Andrea Soto Araya, razón por la cual se ha
estimado procedente solicitar su renuncia no voluntaria.
6. Que, en virtud de lo anterior, el Ministro del Trabajo y Previsión Social, por encargo de
S.E. el Presidente de la República solicitó la renuncia no voluntaria a doña Andrea Soto Araya,
en su cargo de Superintendente de Seguridad Social, a contar del día 20 de marzo de 2026.
7. Que, en consecuencia, doña Andrea Soto Araya presentó su renuncia no voluntaria al
cargo de Superintendenta de Seguridad Social, a contar del 20 de marzo de 2026.
8. Que, en mérito de lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde dictar el
acto administrativo que acepta la renuncia presentada al cargo de Superintendenta de Seguridad
Social.
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