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Diario Oficial· normas_generales

Ejecuta acuerdo de consejo n° 3.223, de 2026, que “modifica acuerdo de consejo n° 2.042, de 1999, modificado por acuerdos de consejo n° 2.450, de 2007, n° 2.617

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 28 de mayo de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Corporación de Fomento de la Producción EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N° 3.223, DE 2026, QUE “MODIFICA ACUERDO DE CONSEJO N° 2.042, DE 1999, MODIFICADO POR ACUERDOS DE CONSEJO N° 2.450, DE 2007, N° 2.617, DE 2010, N° 2.784, DE 2013, N° 2.830, DE 2014, N° 2.875, DE 2015, N° 3.041, DE 2019 Y N° 3.080, DE 2020, EN LO REFERENTE AL “COMITÉ EJECUTIVO DE CRÉDITOS” DE CORFO”, Y MODIFICA RESOLUCIÓN N° 57 AFECTA, DE 2014, DE LA CORPORACIÓN, QUE APROBÓ EL TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DE DICHO COMITÉ Núm. 583 exenta.- Santiago, 20 de mayo de 2026. (Resolución) Visto: La ley N° 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto con fuerza de ley N° 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que Fija Normas que Regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; el Reglamento de la Corporación, aprobado por decreto supremo N° 360, de 1945, del Ministerio de Economía y Comercio; la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; lo señalado en el oficio N° E79235/2025, de 14 de mayo de 2025, del Órgano Contralor, por el que informa que se abstiene de ejercer control previo de juridicidad de una resolución que modifica un reglamento de un Comité de Corfo, por cuanto, acorde a los artículos 10, puntos 10.2 y 10.3 de la resolución N° 36, de 2024, de ese origen, este tipo de actos se refiere a la organización y funcionamiento de unidades internas del servicio, encontrándose exentos de dicho control; lo dispuesto en el decreto supremo N° 55, de 2026, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que nombra en el cargo de Vicepresidente Ejecutivo de Corfo; y en la resolución N° 36, de 2024, modificada y complementada por resolución N° 8, de 2025, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1. El Acuerdo de Consejo N° 2.042, de 1999, modificado por Acuerdos de Consejo N° 2.450, de 2007; N° 2.617, de 2010; N° 2.784, de 2013; 2.830, de 2014; N° 2.875, de 2015; N° 3.041, de 2019; y N° 3.080, de 2020, referidos al “Comité Ejecutivo de Créditos” de la Corporación, cuyo Reglamento vigente es el aprobado por resolución afecta N° 57, de 2014, modificado por las resoluciones afectas N° 88, de 2015; N° 72, de 2019 y N° 51, de 2020, todas de Corfo. 2. El Acuerdo de Consejo N° 3.223, de 2026, que “Modifica Acuerdo de Consejo N° 2.042, de 1999, Modificado por Acuerdos de Consejo N° 2.450, de 2007; N° 2.617, de 2010; N° 2.784, de 2013; N° 2.830, de 2014; N° 2.875, de 2015; N° 3.041, de 2019, y N° 3.080, de 2020, en lo referente al Comité Ejecutivo de Créditos de Corfo”. 3. El artículo 3°, de la ley N° 19.880, que dispone que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva competente. Sitio Web: www.diarioficial.cl

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