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Iglesia cristocéntrica los hijos vuelven a casa (extracto) jaime andrés silva sciberras, abogado, Notario públ

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 28 de mayo de 2026

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas IGLESIA CRISTOCÉNTRICA LOS HIJOS VUELVEN A CASA (Extracto) Jaime Andrés Silva Sciberras, abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca, con oficio en calle 1 Norte N° 902, Talca, Certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de noviembre de 2025, Repertorio N° 3755-2025, don Jorge Andrés Ramírez Cisternas, debidamente facultado, redujo a escritura pública Acta de Constitución de la Organización Religiosa de Derecho Público denominada “Iglesia Cristocéntrica Los Hijos Vuelven a Casa”, inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia con el N° 7397 de fecha 13 de noviembre de 2025. Constituyentes: Pastor Ismael Elías Coronado Cayuqueo, cédula nacional de identidad N° 18.435.398-9, Pastora Alejandra Zulema Barrera Herrera, cédula nacional de identidad N° 13.441.023-K, Bastián Alexander Alvarado Pinilla, cédula nacional de identidad N° 17.576.044-K, Nora Oliva Bustos Riquelme, cédula nacional de identidad N° 8.764.990-3, Abigail Alejandra Oyarce Barrera, cédula nacional de identidad N° 21.094.029-4, Rosa Elba Contreras Ortiz, cédula nacional de identidad N° 9.639.821-2, Camila Abigail Espinoza Contreras, cédula nacional de identidad N° 19.486.418-3, Sylvia de las Rosas Andrades Bernales, cédula nacional de identidad N° 12.205.541-8, Ana Valesca Gallegos Montes, cédula nacional de identidad N° 19.287.000-3, María Angélica Retamal Riquelme, cédula nacional de identidad N° 13.376.121-7, Natalia Karina Ramírez Córdoba, cédula nacional de identidad N° 19.116.690-6 y Brenda Priscila Esparza Coronado, cédula nacional de identidad N° 15.244.534-2. Domicilio: Pasaje El Cerezo N° 1002, Villa Navidad, comuna de San Carlos, Región de Ñuble, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que el Directorio pueda acordar. Elementos esenciales, fundamentos y principios: Nuestra Declaración de Fe es: 1) Las Sagradas Escrituras. 2) La Eterna Divinidad. 3) La Caída del Hombre. 4) El Plan de Redención. 5) Salvación por Gracia. 6) Arrepentimiento y Aceptación. 7) El Nuevo Nacimiento. (8) Vida Cristiana Diaria. 9) Bautismo y Cena del Señor. 10) Bautismo del Espíritu Santo. 11) La Vida Llena del Espíritu. (12) Los Dones y Fruto del Espíritu. 13) Moderación. 14) Sanidad Divina. 15) La Segunda Venida de Cristo. 16) Relación con la Iglesia. 17) Gobierno Civil. 18) El Juicio Final. 19) Cielo. 20) Infierno. 21) Evangelismo. 22) Diezmos y Ofrendas. Serán integrantes de la Iglesia todos los miembros constituyentes de la Entidad y todas las personas que se afilien voluntariamente bajo la autoridad de la iglesia y que hubieren declarado públicamente su adhesión a los principios y doctrina de esta. Órganos de Administración: Convenciones Nacionales Ordinarias y Extraordinarias, Directorio, estos a su vez estarán compuestos por el Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero. El Directorio es un órgano que estará integrado por un Director elegido y un Director designado y será presidido por un integrante quien además será el representante legal de la Iglesia. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Convocar a Convención; b) Licenciar u Ordenar a Ministros de acuerdo con los reglamentos; c) Nombrar supervisores distritales; d) Crear posiciones, departamentos y distritos para cumplir con los objetivos y propósitos de esta Iglesia y dirigir sus actividades; e) Fijar percepciones y compensaciones de los oficiales en el ejercicio de sus funciones (por lo que deberá efectuar una clara y detallada rendición de cuentas) y empleados por sus servicios; f) Emplear personal de acuerdo a las necesidades, objetivos y propósitos de la Iglesia; g) Adquirir toda clase de bienes ya sean muebles o inmuebles, ya sea a título gratuito u oneroso, con el propósito de atender a los fines de la iglesia; h) Acordar los gastos e invertir los fondos de la iglesia, debiendo rendir cuenta de sus inversiones anualmente; i) Acordar la adquisición, enajenación, permuta, arrendamiento o gravamen de bienes raíces o muebles y celebrar cualquier acto o contrato que estime necesario o conveniente para los fines de la Iglesia; Sitio Web: www.diarioficial.cl j) Autorizar por escrito a los Supervisores de Distrito para la negociación, compra o venta de terrenos destinados para el uso de la Iglesia que se encuentren ubicados en el Distrito geográfico

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