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Iglesia cristocéntrica los hijos vuelven a casa (extracto) jaime andrés silva sciberras, abogado, Notario públ
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 28 de mayo de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
IGLESIA CRISTOCÉNTRICA LOS HIJOS VUELVEN A CASA
(Extracto)
Jaime Andrés Silva Sciberras, abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca,
con oficio en calle 1 Norte N° 902, Talca, Certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de
noviembre de 2025, Repertorio N° 3755-2025, don Jorge Andrés Ramírez Cisternas,
debidamente facultado, redujo a escritura pública Acta de Constitución de la Organización
Religiosa de Derecho Público denominada “Iglesia Cristocéntrica Los Hijos Vuelven a Casa”,
inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia con el N° 7397 de fecha 13 de
noviembre de 2025. Constituyentes: Pastor Ismael Elías Coronado Cayuqueo, cédula nacional de
identidad N° 18.435.398-9, Pastora Alejandra Zulema Barrera Herrera, cédula nacional de
identidad N° 13.441.023-K, Bastián Alexander Alvarado Pinilla, cédula nacional de identidad N°
17.576.044-K, Nora Oliva Bustos Riquelme, cédula nacional de identidad N° 8.764.990-3,
Abigail Alejandra Oyarce Barrera, cédula nacional de identidad N° 21.094.029-4, Rosa Elba
Contreras Ortiz, cédula nacional de identidad N° 9.639.821-2, Camila Abigail Espinoza
Contreras, cédula nacional de identidad N° 19.486.418-3, Sylvia de las Rosas Andrades
Bernales, cédula nacional de identidad N° 12.205.541-8, Ana Valesca Gallegos Montes, cédula
nacional de identidad N° 19.287.000-3, María Angélica Retamal Riquelme, cédula nacional de
identidad N° 13.376.121-7, Natalia Karina Ramírez Córdoba, cédula nacional de identidad N°
19.116.690-6 y Brenda Priscila Esparza Coronado, cédula nacional de
identidad N°
15.244.534-2. Domicilio: Pasaje El Cerezo N° 1002, Villa Navidad, comuna de San Carlos,
Región de Ñuble, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que el
Directorio pueda acordar. Elementos esenciales, fundamentos y principios: Nuestra Declaración
de Fe es: 1) Las Sagradas Escrituras. 2) La Eterna Divinidad. 3) La Caída del Hombre. 4) El Plan
de Redención. 5) Salvación por Gracia. 6) Arrepentimiento y Aceptación. 7) El Nuevo
Nacimiento. (8) Vida Cristiana Diaria. 9) Bautismo y Cena del Señor. 10) Bautismo del Espíritu
Santo. 11) La Vida Llena del Espíritu. (12) Los Dones y Fruto del Espíritu. 13) Moderación. 14)
Sanidad Divina. 15) La Segunda Venida de Cristo. 16) Relación con la Iglesia. 17) Gobierno
Civil. 18) El Juicio Final. 19) Cielo. 20) Infierno. 21) Evangelismo. 22) Diezmos y Ofrendas.
Serán integrantes de la Iglesia todos los miembros constituyentes de la Entidad y todas las
personas que se afilien voluntariamente bajo la autoridad de la iglesia y que hubieren declarado
públicamente su adhesión a los principios y doctrina de esta. Órganos de Administración:
Convenciones Nacionales Ordinarias y Extraordinarias, Directorio, estos a su vez estarán
compuestos por el Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero. El Directorio es un órgano
que estará integrado por un Director elegido y un Director designado y será presidido por un
integrante quien además será el representante legal de la Iglesia. El Directorio tendrá las
siguientes atribuciones y deberes: a) Convocar a Convención; b) Licenciar u Ordenar a Ministros
de acuerdo con los reglamentos; c) Nombrar supervisores distritales; d) Crear posiciones,
departamentos y distritos para cumplir con los objetivos y propósitos de esta Iglesia y dirigir sus
actividades; e) Fijar percepciones y compensaciones de los oficiales en el ejercicio de sus
funciones (por lo que deberá efectuar una clara y detallada rendición de cuentas) y empleados
por sus servicios; f) Emplear personal de acuerdo a las necesidades, objetivos y propósitos de la
Iglesia; g) Adquirir toda clase de bienes ya sean muebles o inmuebles, ya sea a título gratuito u
oneroso, con el propósito de atender a los fines de la iglesia; h) Acordar los gastos e invertir los
fondos de la iglesia, debiendo rendir cuenta de sus inversiones anualmente; i) Acordar la
adquisición, enajenación, permuta, arrendamiento o gravamen de bienes raíces o muebles y
celebrar cualquier acto o contrato que estime necesario o conveniente para los fines de la Iglesia;
Sitio Web: www.diarioficial.cl
j) Autorizar por escrito a los Supervisores de Distrito para la negociación, compra o venta de
terrenos destinados para el uso de la Iglesia que se encuentren ubicados en el Distrito geográfico
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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