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Otorga a Conexión Kimal lo Aguirre S.A. Concesión eléctrica definitiva para establecer las instalaciones correspondientes al proyecto de transmisión de Energía eléctrica denominado “subestación conver
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 28 de mayo de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ENERGÍA
OTORGA A CONEXIÓN KIMAL LO AGUIRRE S.A. CONCESIÓN ELÉCTRICA
DEFINITIVA PARA ESTABLECER LAS INSTALACIONES CORRESPONDIENTES
AL PROYECTO DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADO
“SUBESTACIÓN CONVERTIDORA KIMAL”, EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA,
PROVINCIA DE TOCOPILLA, COMUNA DE MARÍA ELENA
Núm. 132 exento.- Santiago, 12 de mayo de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 11° y 29° del decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006,
del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado
y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de
Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante “Ley General de Servicios
Eléctricos”, y sus modificaciones posteriores; en la y N° 19.880, que establece bases de los
procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del
Estado; en el decreto N° 38, de 2026, del Ministerio del Interior, que nombra ministros de Estado
de las carteras que indica; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la
República, y sus modificaciones posteriores, y
Considerando:
1. Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio
ordinario electrónico N° 327662, de 14 de abril de 2026, el cual pasa a formar parte del presente
acto administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la ley N° 19.880, que
establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado.
2. Lo dispuesto por la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República,
en particular, su artículo 14, literal C), numeral 14.7, disposición que somete al trámite de toma
de razón el otorgamiento y terminación de concesiones de los sectores sanitario, gas y de
distribución eléctrica, encontrándose exentas, por lo tanto, las vinculadas a transmisión eléctrica.
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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