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Diario Oficial· normas_generales

Aprueba proyecto de ciclovía en av. bartolomé, comuna de Chillán viejo

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 26 de mayo de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Ñuble APRUEBA PROYECTO DE CICLOVÍA EN AV. BARTOLOMÉ, COMUNA DE CHILLÁN VIEJO Núm. 270 exenta.- Chillán, 11 de mayo de 2026. (Resolución) Vistos: Lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en la ley Nº 21.088 que modifica la Ley de Tránsito para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte; en el decreto supremo Nº 102, de 2019, que reglamenta las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías y las especificaciones técnicas de los elementos de seguridad para los ocupantes de los ciclos y deroga decreto supremo Nº 116, de 1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en el DFL Nº 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que determinó la organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el DFL Nº 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que reestructuró la Subsecretaría de Transportes; en el decreto ley Nº 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que creó el Ministerio de Transportes; en la ley Nº 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la resolución exenta Nº 124/2026, del 11 de febrero de 2026, de esta Secretaría Regional Ministerial, que aprueba anteproyecto de ciclovía en Av. Bartolomé, comuna de Chillán Viejo; en carta con ingreso de antecedentes de fecha 10 de marzo de 2026; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y en la demás normativa aplicable. Considerando: 1.- Que, el 10 de marzo de 2026, el Sr. Pablo Carvajal Quintana, en representación por poder de Inmobiliaria e Inversiones Malpo SpA, mediante ingreso virtual Nº E40326/2026, solicita a esta Secretaría Regional Ministerial, revisar conforme a DS Nº 102/2019, citado en el Visto, proyecto denominado: "Ciclovía Av. Bartolomé". 2.- Que, con fecha 10 de julio de 2021, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo Nº 102, de 2019, que reglamenta las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por lo que la evaluación de toda ciclovía debe ajustarse a partir de dicha fecha, al procedimiento allí descrito, el que se estructura en dos etapas, la de anteproyecto y de proyecto, respecto de ciclovías no existentes a dicha fecha. 3.- Que, el interesado acredita contar con un anteproyecto aprobado mediante resolución exenta Nº 124, del 11 de febrero de 2026, de esta Secretaría Regional Ministerial, el que se encuentra vigente de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 9 del decreto supremo Nº 102, ya mencionado. 4.- Que, el interesado ha presentado una memoria explicativa que describe adecuada y detalladamente todos los aspectos señalados en el numeral 3 del artículo 10º del decreto supremo Nº 102, de 2019, en relación al diseño definitivo de la ciclovía, de lo cual da cuenta el Anexo Nº 1 del presente acto. Además, adjunta el respectivo plano de diseño operativo, donde consta la señalización, y demarcación respectiva. Sitio Web: www.diarioficial.cl 5.- Que, teniendo presente lo señalado en los literales a) y b) del artículo 12 del decreto supremo Nº 102, de 2019, se deja constancia que, el proyecto contempla 2 intersecciones cuya operatividad vial queda resuelta con la demarcación y señalización propuesta, priorizando movimientos, sin la necesidad de implementar la semaforización de las intersecciones, de acuerdo al análisis de interacciones complejas entre ciclistas y el entorno del trazado realizado en la Memoria, Anexo Nº 1. 6.- Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del decreto supremo Nº 102, de 2019, y habiéndose revisado y analizado el diseño definitivo de este proyecto de ciclovía, se concluye que aquella cumple con todos los aspectos descritos en el artículo 10, en especial, en su numeral 3., por lo que procede aprobar el proyecto presentado.

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