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Fija precios de paridad para combustibles derivados del petróleo
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 26 de mayo de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ENERGÍA
FIJA PRECIOS DE PARIDAD PARA COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL
PETRÓLEO
Núm. 142 exento.- Santiago, 26 de mayo de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en el DL Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio
de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 18.502, que establece impuestos a
combustibles que señala; en la ley Nº 20.765, que crea mecanismo de estabilización de precios
de los combustibles que indica, modificada por la ley Nº 20.794; el decreto supremo Nº 1.119, de
2014, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento para la aplicación del mecanismo de
estabilización de precios de los combustibles, creado por la ley Nº 20.765; en el decreto exento
N° 103, de 2026, del Ministerio de Hacienda, que determina el número de semanas para el
cálculo del precio de paridad de importación de los combustibles derivados del petróleo que
indica de acuerdo a la ley Nº 20.765; en el oficio ordinario Nº 523/2026, de 2026, de la Comisión
Nacional de Energía; y en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la
República.
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