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Diario Oficial· normas_particulares

Otorga Concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de marchigüe

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 26 de mayo de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE MARCHIGÜE Santiago, 30 de abril de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 360 exento. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar “Por Orden de la Presidenta de la República”; e) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fija Norma sobre Requisitos Básicos de las Estaciones de Radiodifusión Sonora; f) La resolución exenta Nº 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; g) La resolución exenta Nº 3.428, de 24.10.2022, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2022; y, h) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. Considerando: a) El llamado a concurso público, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para optar al otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2022, publicado en el Diario Oficial Nº 43.354, de 15.09.2022; b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 200.163, de 23.11.2022, complementado por el desvirtúa reparos ingreso Subtel Nº 71.856, de 05.05.2023; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante Memorándum Nº 556, de 08.05.2024; d) Lo dispuesto en el inciso 6º del artículo 13ºA de la ley; e) La resolución exenta Nº 551, de 04.04.2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que llamó a sorteo para la asignación de concesiones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada; f) El Acta que da cuenta de lo obrado en el sorteo realizado el 25.06.2025; g) Lo informado por la Subsecretaría, mediante Memorándum Nº 1.039, de 18.07.2025; h) La resolución exenta Nº 1.922, de 09.10.2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Marchigüe, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, a José Tomás Comunicaciones SpA; Sitio Web: www.diarioficial.cl i) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión, y en uso de mis atribuciones;

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