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Amplía área de regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la mosca del mediterráneo (ceratitis cap
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 24 de mayo de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Valparaíso
AMPLÍA ÁREA DE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y
ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA
W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA, REGIÓN DE VALPARAÍSO. MERCADO DE
CHINA
Núm. 1.061 exenta.- Quillota, 9 de mayo de 2026.
(Resolución)
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República; el decreto
con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N° 19.880, sobre Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado; la ley N° 18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto
ley N° 3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola y sus posteriores
modificaciones; la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta N° 4.743, de 2020, del
Director Nacional del Servicio, que crea sistema nacional de emergencia del Servicio Agrícola y
Ganadero, comité nacional de emergencia y funcionarios habilitados en el sistema de
emergencia; las resoluciones exentas N° 661, de 2022, N° 1.909 de 2024 y N° 3.824, de 2026,
todas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; las resoluciones exentas N°
619, de 2026, N° 731, de 2026, N° 841, de 2026 y N° 991, de 2026 todas de la Dirección
Regional de Valparaíso; y las facultades que invisto como Director Subrogante Regional del
Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Valparaíso, conforme la resolución exenta RA N°
240/697/2026, de fecha 20 de abril de 2026, de la Dirección Nacional del Servicio.
Considerando:
1. Que, mediante la resolución exenta N° 3.513, de fecha 7 de diciembre del año 1995, se
declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales, conocida como “Mosca del
Mediterráneo” (Ceratitis capitata Wied).
2. Que, con fecha 4 de marzo, se detectó la presencia de un ejemplar hembra de la plaga
Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), en el área semiurbana de El Sauce, comuna de
Los Andes, Región de Valparaíso, lo que activó vigilancia intensiva mediante resolución exenta
N° 619, de 2026, de la Dirección Regional de Valparaíso.
3. Que, con fecha 30 de marzo de 2026, se detectó la presencia de un segundo ejemplar del
insecto correspondiente a la plaga, señalada precedentemente en el área, lo que originó un brote.
4. Que, habida consideración a lo señalado precedentemente, se emitió la resolución exenta
N° 731 de 2026, de la Región de la Valparaíso, que definió el área reglamentada de 27,2 km,
para el mercado de China.
5. Que, posteriormente se detectaron ejemplares del insecto señalado precedentemente, lo
que originó ampliación del área reglamentada en el sector El Sauce, mediante la emisión de las
resoluciones N° 841, de 2026 y N° 991, de 2026, de la Dirección Regional de Valparaíso.
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6. Que, el día 6 de mayo, se ha detectado la presencia de un ejemplar hembra no inseminada
de Mosca de la fruta en el sector El Sauce, razón por la cual resulta necesario ampliar el área
reglamentada en un radio de 27,2 km con ocasión de dicha detección.
7. Que, en virtud de lo dispuesto en el número 3 de la resolución exenta N° 3.513/1995, el
Servicio está facultado para adoptar las medidas fitosanitarias que sean necesarias para el control
y erradicación de esta plaga.
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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