Diario Oficial· normas_generales
Amplía área de regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la mosca del mediterráneo (ceratitis cap
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 24 de mayo de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Valparaíso
AMPLÍA ÁREA DE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y
ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA
W.), BROTE SAN PEDRO, PROVINCIA DE QUILLOTA, REGIÓN DE VALPARAÍSO,
PARA EL MERCADO DE CHINA
Núm. 1.017 exenta.- Quillota, 6 de mayo de 2026.
(Resolución)
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República; el decreto
con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N° 19.880, sobre Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado; la ley N° 18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto
ley N° 3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola y sus posteriores
modificaciones; la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta N° 4.743, de 2020, del
Director Nacional del Servicio, que crea sistema nacional de emergencia del Servicio Agrícola y
Ganadero, Comité Nacional de Emergencia y funcionarios habilitados en el sistema de
emergencia; las resoluciones N° 661, de 2022, N° 1.909, de 2024, N° 1.687, de 2026, todas de la
Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, resolución N° 441, de 2026, de la
Dirección Regional de Valparaíso; y las facultades que invisto como Director Regional del
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, en virtud de la resolución exenta RA
240/697/2026, de la Dirección Nacional del Servicio.
Considerando:
1. Que, mediante la resolución exenta N° 3.513, de 7 de diciembre de 1995, del Servicio
Agrícola y Ganadero, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales, conocida
como “Mosca del Mediterráneo” Ceratitis capitata Wied.
2. Que, con fecha 26 de febrero de 2026, se detectó la presencia de un ejemplar hembra de
la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), en la localidad de San Pedro, comuna
de Quillota, Región de Valparaíso, lo que dio origen a un brote mediante resolución exenta N°
441, de 2026, de la Dirección Regional de Valparaíso, para el mercado de China.
3. Que, con posterioridad, se ha detectado la presencia de un ejemplar hembra inseminada
de la plaga señalada precedentemente, en la localidad de San Pedro, comuna de Quillota, razón
por la cual resulta necesario ampliar el área reglamentada en un radio de 27,2 km, para el
mercado de China, con ocasión de dicha detección.
4. Que, el radio del brote comprende totalmente en la Región de Valparaíso, esto es, a las
comunas de La Calera, Hijuelas, La Cruz, Quillota, Limache, Olmué, Villa Alemana, Concón, y
parcialmente a las comunas de Quintero, Puchuncaví, Nogales, Llay Llay, Quilpué, Viña del
Mar, y parcialmente a la comuna de Til Til en la Región Metropolitana.
5. Que, en virtud de lo señalado precedentemente, corresponde considerar un polígono de
39 vértices cuyo radio comprende la ampliación del área cuarentenada.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
Ver documento completo (PDF)Organismo
DE LA REPUBLICA DE CHILE