Diario Oficial· normas_generales
Prohíbe circulación de vehículos motorizados en tramos y vías que indica de la comuna de chañaral, región de Atacama
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 21 de mayo de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama
PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMOS Y VÍAS
QUE INDICA DE LA COMUNA DE CHAÑARAL, REGIÓN DE ATACAMA
Núm. 224 exenta.- Copiapó, 8 de mayo de 2026.
(Resolución)
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los
Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fijó el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en las resoluciones N° 39, de 1992 y N° 59, de
1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la solicitud de prohibición
de circulación de vehículos, de fecha 13 de abril de 2026, y antecedentes presentados por la
sociedad de “Servicios de Rehabilitación Industrial CIPP Chile S.A.”; en la resolución N° 36, de
2024, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte
aplicable.
Considerando:
1. Que, a través de formulario de solicitud de Prohibición de Circulación Vehicular de fecha
13 de abril de 2026, la sociedad de “Servicios de Rehabilitación Industrial CIPP Chile S.A.”,
RUT: 76.602.810-1, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, en el contexto de la ejecución
de “Obras de Mantención y Rehabilitación Programada de Colectores - Tramo Merino Jarpa y
Freire”, la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, desde las 22:00 hrs.
hasta las 6:00 hrs., en las vías y tramos de la comuna de Chañaral, que se detallan en la siguiente
tabla:
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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