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Iglesia emanuel de Chile (extracto) octavio francisco gutiérrez lópez, Notario público titular 30º Notaría san

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 21 de mayo de 2026

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas IGLESIA EMANUEL DE CHILE (Extracto) Octavio Francisco Gutiérrez López, Notario Público Titular 30º Notaría Santiago, oficios Avda. Lib. Bdo. O'Higgins 980, Of. 134-135, certifica, que por escritura pública de fecha 2 de julio de 2025, rectificada por escrituras públicas de 13 de marzo, y 9 de abril de 2026, todas ante mí, se constituyó "Iglesia Emanuel de Chile", domicilio principal de la entidad: Ernesto Pinto Lagarriegue Nº 156, casa G, comuna de Recoleta. Santiago. Fecha y número del registro: Ministerio de Justicia Nº 7389 de fecha 5 de noviembre de 2025. Nombres de los constituyentes: Manuel de la Cruz López Montecinos, Beatriz Magdalena de la Paz Pérez Álvarez, Jonathan Alejandro Colpí Reiman, Hye Suk Lee, Angélica María Gaete Briones, Felipe Alejandro Yerkcovic Moreno, Celise Dennise Toloza Piña, Ana Yolanda Álvarez Reyes, Eliu Davis Vera González, Miguel Riveros Iturriaga, Hilda Isabel Colihuinca Espinoza, Constanza Tahia Riveros Colihuinca, Hyun Ho Lee. Los elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa: creemos que hay un Dios en tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo; creemos en Jesucristo que es verdadero Dios, verdadero hombre salvador y redentor del hombre; creemos en la Santa Biblia, que es nuestra única regla de fe y conducta; creemos en el Bautismo en agua como testimonio público de a la fe en Jesucristo y la Santa Cena. Los órganos de administración, sus atribuciones y el número de miembros que los componen; A). La Asamblea General es la primera autoridad de la iglesia y representa al conjunto de sus integrantes. Hay asambleas generales ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias deberán celebrarse entre los meses de enero a mayo de cada año y se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales a excepción de los que corresponden exclusivamente a las asambleas generales extraordinarias. Las extraordinarias se celebrarán cada vez que el directorio o consejo de ancianos acuerde convocar a ellas por estimarlas necesarias para la marcha de la institución o cada vez que la soliciten al Pastor de la Iglesia, por escrito, un tercio de los miembros, indicando el objeto de la convocatoria; B). Pastor presidente es elegido inicialmente por la Asamblea General, tendrá carácter vitalicio, será la máxima autoridad de la denominación, así como el máximo director espiritual y su representante legal. a) convocar y presidir el consejo de ancianos. b) velar por la visión de la Denominación y el desarrollo y cumplimientos de las metas y propósitos. c) velar por el acatamiento a la doctrina cristiana y la profesión de fe. d) administrar los bienes e invertir sus recursos. e) reformar el reglamento interno de la denominación. f) rendir cuentas en la asamblea general tanto de la marcha del consejo como de la inversión de sus fondos; Pastor vicepresidente reemplaza al pastor presidente en sus faltas temporales o absolutas, de conformidad con lo establecido con los estatutos. En caso de reemplazo por falta absoluta del Pastor presidente, su período será vitalicio; Consejo de ancianos está conformado por tres dignatarios, así lo presidirá el pastor presidente. Hacen parte de este órgano un vicepresidente del consejo de ancianos y la secretaria de la entidad religiosa. a) ser consejero del pastor presidente en aspecto teológicos y doctrinales de la denominación. b) designar a los miembros del cuerpo del diacono. c) aprobar toda reforma estatuaria. d) examinar cuando lo tenga a bien, los libros contables, documentos, instalaciones, depósitos financieros y cajas de la denominación; Tesorero será designado uno (1) inicialmente por el pastor presidente para un período de dos años, quien podrá ser reelegido. a) asistir a las reuniones del consejo de ancianos. b) presentar mensualmente en las reuniones extraordinarias que se convoquen para tal fin, por escrito informe de ingresos y egresos. c) conjuntamente con el pastor o la persona que éste delegue, firmar las cuentas, tanto Sitio Web: www.diarioficial.cl corrientes como de ahorros, títulos, valores e informa de ingreso y egreso. d) cancelar y ejecutar

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