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Diario Oficial· normas_particulares

Que Renueva y Modifica Concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada para la Localidad de las Cabras

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 24 de junio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones RECTIFICA DE OFICIO, DECRETO N° 264 EXENTO, DE 2026, QUE RENUEVA Y MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE LAS CABRAS Núm. 531 exento.- Santiago, 11 de junio de 2026. Vistos: a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) El decreto supremo N° 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; e) La resolución exenta N° 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; f) El decreto supremo N° 116, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorga la concesión, publicado en el Diario Oficial de 9 de junio de 1999, transferida a la actual titular por decreto exento N° 997, de 2022, y renovada por decreto exento N° 264, de 2026, ambos del mismo Ministerio; y, g) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. Considerando: a) Que, mediante el decreto exento N° 264, de 7 de abril de 2026, señalado en la letra f) de los Vistos, se renovó y modificó una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Las Cabras, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, señal distintiva XQC-313, cuyo actual titular es Telecomunicaciones A Y F Limitada; b) Que, en el decreto mencionado anteriormente, por un error de transcripción se omitió la Tabla de Arreglo de Antenas, que fuera autorizada por el decreto exento N° 279, de 19 de mayo de 2017, que modificó la concesión; y, c) Lo dispuesto en el artículo 62° de la ley N° 19.880; y, en uso de mis atribuciones legales, dicto lo siguiente.

Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.

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Organismo

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES