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Nombra a don Celso abdiel quezada rioseco como secretario Regional ministerial de Energía de la región de Valparaíso
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 17 de mayo de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ENERGÍA
NOMBRA A DON CELSO ABDIEL QUEZADA RIOSECO COMO SECRETARIO
REGIONAL MINISTERIAL DE ENERGÍA DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Núm. 10 A.- Santiago, 31 de marzo de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35 de la Constitución Política de la República de
Chile, en su texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por el decreto supremo Nº 100,
de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en su texto refundido,
coordinado y sistematizado fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2000, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre
Gobierno y Administración Regional, en su texto refundido, coordinado, sistematizado y
actualizado fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio del Interior, en
adelante “Ley orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional”; en la ley Nº
20.955 que perfecciona el sistema de Alta Dirección Pública y fortalece la Dirección Nacional
del Servicio Civil; en la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, en su texto refundido,
coordinado y sistematizado fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 29 del Ministerio de
Hacienda, de 2004, en adelante “Estatuto Administrativo”; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978,
del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía,
en adelante “DL N° 2.224”; en el decreto supremo Nº 4 A, de fecha 27 de marzo de 2026, del
Ministerio de Energía, que acepta renuncia voluntaria de las personas que indica al cargo de
Secretario Regional Ministerial de Energía en las regiones que señala; en el oficio reservado Nº
361, de fecha 26 de marzo de 2026, del Delegado Presidencial de la Región de Valparaíso, que
informa terna para proveer cargo de Secretario Regional Ministerial que se indica; en la
resolución Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, y sus modificaciones
posteriores, y
Considerando:
1. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5°, del DL Nº 2.224, en cada región del
país existirá una Secretaría Regional Ministerial de Energía, a cargo de un Secretario Regional
Ministerial, que será representante del Ministerio en la Región y colaborador directo del
Delegado Presidencial Regional.
2. Que, de conformidad con el decreto supremo Nº 4 A, de 2026, del Ministerio de Energía,
que acepta la renuncia voluntaria de la señora Anastassia María Otonne Melis, cédula nacional
de identidad número 17.753.814-0, a contar del 11 de marzo del año en curso, se encuentra
vacante el cargo de Secretario Regional Ministerial de Energía en la Región de Valparaíso.
3. Que, el cargo que se provee por intermedio del presente decreto supremo es de exclusiva
confianza de S.E. el Presidente de la República y es nombrado de entre las personas que figuren
en una terna elaborada por el Delegado Presidencial Regional, oyendo al Ministro del ramo, de
conformidad con el artículo 7 letra b) del Estatuto Administrativo y el artículo 62 la Ley
Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.
4. Que, mediante el oficio reservado Nº 361, de 26 de marzo de 2026, del Delegado
Presidencial de la Región de Valparaíso, se remitió a esta Secretaría de Estado la terna con los
nombres de las personas propuestas para el cargo de Secretario Regional Ministerial de Energía
de la Región de Valparaíso, de conformidad a lo establecido en el artículo 2 letra k) de la Ley
Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.
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5. Que, la persona individualizada a continuación reúne los requisitos necesarios para
desempeñar el cargo de Secretario Regional Ministerial, existiendo opinión favorable de la
Ministra de Energía a su respecto.
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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