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Designa Representante del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo Ante La Comisión Técnica Contemplada en el Artículo 4º de la Ley Nº 18.634 y de
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 25 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño
DESIGNA REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y
TURISMO ANTE LA COMISIÓN TÉCNICA CONTEMPLADA EN EL ARTÍCULO 4º
DE LA LEY Nº 18.634 Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN QUE SE INDICA
Núm. 202600074 exenta.- Santiago, 8 de mayo de 2026.
(Resolución)
Visto:
Lo dispuesto en la Ley Nº 18.634, que Establece Sistema de Pago Diferido de Derechos de
Aduana, Crédito Fiscal y Otros Beneficios de Carácter Tributario que indica; en la ley Nº 19.880,
Orgánica Constitucional que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen
los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley
Nº1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en la resolución ministerial exenta Nº 202200146, de
2022, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y en la resolución Nº 36, de 2024, de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, mediante la ley Nº 18.634, se establecieron beneficios de pago diferido de tributos
aduaneros, crédito fiscal a la adquisición de bienes de capital y otros de carácter tributario que
contemplan sus disposiciones.
2. Que, por su parte, el artículo 4º de la anotada ley dispone, en lo pertinente, que una
Comisión Técnica integrada por un representante del Ministro de Hacienda, quien la presidirá, un
representante del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, actual Ministerio de
Economía, Fomento y Turismo, entre otros, conocerá de las solicitudes de incorporación o
exclusión de bienes de capital de la lista, debiendo recibir los antecedentes que los interesados
aportaren y requerir los informes que fueren necesarios.
3. Que, a su vez, el inciso tercero del anotado artículo 4º del texto legal singularizado señala
que “Los representantes de los Ministros de Hacienda y de Economía, Fomento y
Reconstrucción, serán designados mediante resoluciones de los respectivos Ministros, las que
deberán publicarse en el Diario Oficial”.
4. Que, mediante resolución ministerial exenta Nº 202200146, de 29 de agosto de 2022, del
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo se designó como representante a don Jorge Soto
Solar.
5. Que, se hace necesario dictar el presente acto administrativo, a fin de dejar sin efecto la
designación aludida en el considerando precedente y materializar la designación de don Gabriel
Cestau Oliveri, como titular, y en calidad de suplente, a don Javier Alonso Torreblanca Ramos,
como representantes de este Ministerio ante la mencionada Comisión Técnica.
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