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Deja sin Efecto Decreto Que Indica y Modifica Concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada para la Localidad de la Calera
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 25 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
DEJA SIN EFECTO DECRETO QUE INDICA Y MODIFICA CONCESIÓN DE
RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD
DE LA CALERA
Santiago, 11 de junio de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 529 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante, la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante, la ley;
c) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones;
d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones;
e) El decreto supremo N° 50, de 2023, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
que otorga la concesión, publicado en el Diario Oficial de 4 de julio de 2024;
f) La resolución exenta N° 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el
Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones;
g) La
resolución exenta N° 786, de 2026, del Ministerio de Transporte y
Telecomunicaciones, que autoriza provisoriamente la modificación de la concesión;
h) El decreto exento N° 380, de 2026, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
que modificó la concesión;
i) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas
sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y
Considerando:
a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel N° 1.278, de 06.01.2026, complementada
por ingresos Subtel N° 13.962, de 04.02.2026 y N° 39.506, de 23.03 2026;
b) La solicitud de autorización provisoria de la modificación de la concesión, ingreso Subtel
N° 5.706, de 15.01.2026, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su
petición, en torno a la gravedad y urgencia de las circunstancias que justificaron la reubicación
de las instalaciones de telecomunicaciones;
c) Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a)
precedente, y
d) Que, el decreto exento mencionado en la letra h) de los Vistos, presenta una hoja en
blanco al final, quedando la firma del Ministro en un lugar que no corresponde.
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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