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Diario Oficial· normas_particulares

Modifica Concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la Localidad de Arica

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 25 de junio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE ARICA Santiago, 11 de junio de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 530 exento. Vistos: a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley; c) El decreto supremo N° 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; e) El decreto supremo N° 179, de 1998, que otorgó la concesión, transferida a su actual titular mediante decreto exento N° 620, de 2023, y renovada por decreto exento N° 544, de 2025, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: a) La resolución exenta N° 702, de 25 de marzo de 2026, que autorizó previamente la transferencia de concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Arica; b) El instrumento público de fecha 1 de abril de 2026, que da cuenta del acto o contrato de transferencia de la concesión; c) La solicitud de modificación por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel N° 43.303, de 01.04.2026; y, en uso de mis atribuciones;

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES