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Modifica Concesión de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada para la Localidad de Quillota
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 25 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD
MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE QUILLOTA
Santiago, 11 de junio de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 615 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante, la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante, la Ley;
c) El decreto supremo N° 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones;
d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar
“Por orden de la Presidenta de la República”;
e) La resolución exenta N° 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para
el servicio de radiodifusión sonora, y sus modificaciones;
f) El decreto supremo N° 165, de 1985, que otorga la concesión, renovada mediante el
decreto supremo N° 364, de 2010, transferida a su actual titular mediante el decreto supremo
N° 24, de 2017, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y
g) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas
sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel N° 48.555, de 12 de abril de 2026, y
b) Que, la modificación de concesión solicitada no se encuentra entre aquellas que deban
quedar sometidas al procedimiento consagrado en los artículos 15° y 16° de la Ley.
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