Contraloría General de la República· NNN
Pago de las remuneraciones por el periodo comprendido entre la fecha fijada para hacer efectiva la renuncia voluntaria con el objeto de acogerse a los beneficios de incentivo al retiro previstos en la ley N° 21.135, y aquella en que se paga la bonificación contemplada en su artículo 1°, solo procede en la medida que se hubieren desempeñado efectivamente funciones
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