Contraloría General de la República· NNN
No resultó procedente que el Consejo Nacional de Educación haya admitido a tramitación un recurso de reposición en contra del acto que rechazó la apelación de lo resuelto por la Comisión Nacional de Acreditación, por cuanto esa instancia de impugnación no está prevista en el sistema recursivo especial del artículo 23 de la ley N° 20.129.
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