Contraloría General de la República· NNN
Jornada laboral de los profesionales de la educación sujetos al Título VI de la ley N° 19.070 se rige por las disposiciones del Código del Trabajo, por lo que les es aplicable la reducción gradual introducida por la ley N° 21.561, con la precisión que indica, en base a las normas legales que se señalan
Fecha del documento: